SAP Murcia 220/2010, 22 de Junio de 2010
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 220/2010 |
Emisor | Audiencia Provincial de Murcia, seccion 5 (civil y penal) |
Fecha | 22 Junio 2010 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
CARTAGENA
SENTENCIA: 00220/2010
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA
SECCION DE CARTAGENA
ROLLO DE APELACIÓN N º 169/10
LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD DE GANANCIALES 898/09
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 6 DE CARTAGENA.
SENTENCIA 220
Ilmos. Sres.
Don José Manuel Nicolás Manzanares.
Presidente
Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas
Don José Joaquín Hervás Ortiz
Magistrados
En la ciudad de Cartagena, a veintidós de Junio de dos mil diez.
La Sección de Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto los autos de juicio de liquidación de sociedad de gananciales n. 898/09 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Cartagena, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada Eugenia, habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrentes, representados por el Procurador Sr. Carlos Manuel Rodríguez Saura y dirigidos por el Letrado D. Pascual Rojo Moya y como apelada Juan Enrique, representada por el Procurador D. Pedro Domingo Hernández Saura, asistidos del letrado Sr. José A. Requena Linares.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Cartagena en los referidos autos, tramitados con el núm. 898/09, se dictó sentencia con fecha 15/01/2010, cuya parte dispositiva dice entre otras lo siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Rodríguez Saura en nombre y representación de don Juan Enrique contra doña Eugenia, debo acordar y acuerdo que la liquidación de la misma tenga lugar conforme al cuaderno particional elaborado por el Letrado don Cesar Delicado Oliva el 18 de noviembre de 2009, que se da por reproducido y se aprueba íntegramente, y todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada. Únase testimonio del mencionado cuaderno particional a esta Sentencia".
Contra dicha sentencia, se interpuesto recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 457 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Y remitidos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación designándose Magistrado Ponente y se señaló día para la votación y fallo el día de la fecha.
En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas.
Contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia dictada en liquidación de sociedad de gananciales, en la que se estima la demanda y se acuerda aprobar el cuaderno particional elaborado por el perito contador nombrado en sede judicial. Se formula recurso de apelación por la demandada, alegando el que se le ha adjudicado la vivienda, propiedad de la Caja de Ahorros del Mediterráneo, habiendo aprobado el cuaderno particional coincidente con la demanda.
Por la parte apelada, se formula escrito de oposición al recurso solicitando la confirmación de la sentencia por los propios fundamentos de la misma.
Se alega por el apelante en su recurso, que la sentencia...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba