SAP Murcia 307/2010, 27 de Mayo de 2010

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2010:1371
Número de Recurso739/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución307/2010
Fecha de Resolución27 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00307/2010

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000739 /2009

S E N T E N C I A nº 307/2010

Ilmos Sres.

D. Fernando López del Amo González

Presidente

Dª. María Pilar Alonso Saura

D. Cayetano Blasco Ramón

Magistrados

En Murcia, a veintisiete de mayo de dos mil diez.

Habiendo visto en grado de apelación la SECCION PRIMERA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 739/2006, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Lorca nº Dos, entre las partes: como actora Adriano, Paulina, María Luisa, e Candelaria ., representada por el Procurador Sr/a. Cuartero Alonso y defendida por el Letrado Sr/a. Donosa Bustamante, y como demandadas el Excmo. Ayuntamiento de Águilas, representada por el Procurador Sr/a. Arcas Barnés y defendida por el Letrado Sr/a. Matallanos, y contra Jacinto, Nieves y Visitacion, representada por el Procurador Sr/a. Cantero Meseguer, habiéndose estos últimos allanado a la demanda.

En esta alzada actúa como apelante el Ayuntamiento de Águilas, personándose por el Procurador Sr/a Miras López, y como apelada Adriano, Paulina, María Luisa, e Candelaria, personándose por el Procurador Sr/a Catalán Fernández de Palencia. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 19 de ene de 2009 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así:" FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Nieves Cuartero Alonso, en nombre y representación de D. Adriano, Dña. Paulina, Dña. María Luisa y Dña. Candelaria frente a D. Jacinto, Dña. Nieves, Dña. Visitacion y el Excmo. Ayuntamiento de Águilas, debo declarar y declaro que la finca sita en el término municipal de Águilas, ubicada en la parcela NUM000 del Polígono Industrial del Labradorcito que linda; Norte, Sur y Oeste con dicha parcela y Este, Parcela NUM001 separadas por calle en proyecto es propiedad de D. Adriano, por título de compraventa a D. Jacinto, debiéndose inscribir la finca en el Registro de la propiedad de Águilas.

Las costas serán satisfechas conforme a lo dispuesto en el fundamento de derecho séptimo de ésta resolución".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación del Ayuntamiento de Águilas basándolo en síntesis en que se rechazara la demanda.

Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la otra parte, presentando los actores escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.

TERCERO

Por el Juzgado se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo 739/2009 por la Sección Primera; por medio del correspondiente proveído se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose para la celebración de la deliberación y fallo el día 24 de mayo de 2.010.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

Adriano, Paulina, María Luisa, e Candelaria formularon demanda contra José,...

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