STSJ Cantabria , 8 de Noviembre de 2002

PonenteMARIA TERESA MARIJUAN ARIAS
ECLIES:TSJCANT:2002:2024
Número de Recurso134/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Teresa Marijuan Arias Don Jose Luis Domínguez Garrido En la Ciudad de Santander, a 8 de noviembre de 2002. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 134/02, interpuesto por DOÑA Ángela , representada por la Procuradora Doña Carmen Quirós Martínez y defendida por el Letrado Don Luis Ramos Atienza, contra el AYUNTAMIENTO DE TORRELAVEGA, representado por la Procuradora Doña Ursula Torralba Quintana y defendida por el Letrado Don Pedro Anillo Abril. La cuantía del recurso es de 259.872'14 euros. Es Ponente la Iltma. Sra. Doña María Teresa Marijuan Arias, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 19 de febrero de 2002 contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Torrelavega, de fecha 31 de mayo de 2001 por el que se aprueba el Proyecto de Prolongación de la CALLE000 Gracilazo-Zapatón, declarando la obra de utilidad pùblica y fijando la relación de bienes y derechos afectados, con asignación a la finca de la recurrente de un justiprecio de 3.331.020 pesetas.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda el Ayuntamiento demandado solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba se practicaron las que constan en autos.

QUINTO

Señalada fecha para la vista, tuvo lugar el día 7 de noviembre de 2002,en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Torrelavega, de fecha 31 de mayo de 2001 por el que se aprueba el Proyecto de Prolongación de la CALLE000 Gracilazo-Zapatón, declarando la obra de utilidad pùblica y fijando la relación de bienes y derechos afectados, con asignación a la finca de la recurrente de un justiprecio de 3.331.020 pesetas.

SEGUNDO

Se alega por el Ayuntamiento demandado la excepción procesal de acto consentido y firme, que...

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