STSJ Galicia , 22 de Mayo de 2003

PonenteCARLOS LOPEZ KELLER
ECLIES:TSJGAL:2003:2827
Número de Recurso4056/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso N° 4056/99 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso - administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la SENTENCIA N° 467 /2003 ILMOS. SRS. D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ -PTE.

D. CARLOS LÓPEZ KELLER D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña a veintidós de mayo de dos mil tres.

En el recurso contencioso - administrativo que con el n° 4056/99 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por Don José , representado por don Fernando Iglesias Ferreiro y dirigido por don Hilario Vicente Gómez Seivane, contra el acuerdo plenario del Ayuntamiento de A Coruña de 19 de octubre de 1998 que aprobó definitivamente el Proyecto de Revisión y Adaptación del Plan General de ordenación Municipal. Es parte como demandada el AYUNTAMIENTO DE A CORUÑA, representada y dirigida por Don Juan Hernández López y actúa como codemandada la Xunta de Galicia representada y dirigida por el Letrado de la Xunta de Galicia, así como Doña Ángeles representada por Doña Inmaculada Graiño Ordoñez y dirigida por Don Álvaro Louro Ojea. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso- administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Conferido traslado de la demanda a la parte codemandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

CUARTO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 15 de mayo de 2003.

QUINTO

En la substanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS LÓPEZ KELLER.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de este recurso el acuerdo plenario del Ayuntamiento de A Coruña de 19 de octubre de 1998 que aprobó definitivamente el Proyecto de Revisión y Adaptación del Plan General de Ordenación municipal.

SEGUNDO

El recurrente pretende que al Area de Planeamiento Remitido (APR) G14.01 en que están ubicadas sus parcelas se le asigne la Norma Zonal 5 en su grados 1 ó 2, y no en el 3 que le ha sido señalado, a fin fundamentalmente de que la parcela mínima sea fijada en 1.000 m2 en lugar de los 2.000 que le corresponden con arreglo a este último grado; no cuenta para ello con argumentos intrínsecos buscados y encontrados dentro de la propia área, sino que sustenta su pretensión en la comparación con los terrenos aledaños; en efecto, en la normativa anterior - Plan General de 1985- lo que hoy es el APR estaba clasificado como suelo rústico, y en él la parcela mínima edificable era de 2.000 m2, por lo que en nada ha resultado perjudicado por el cambio normativo, antes al contrario, recibe los beneficios propios del suelo...

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