STSJ Andalucía , 29 de Octubre de 2002

PonenteJOAQUIN LUIS SANCHEZ CARRION
ECLIES:TSJAND:2002:14893
Número de Recurso405/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Social

T.J. SECCIÓN SEGUNDA SENT. NÚM. 3.112/02 ILMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. JOAQUÍN L. SÁNCHEZ CARRIÓN ILMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a Veintinueve de Octubre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 405/02, interpuesto por Margarita contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Uno de Granada en fecha Dieciséis de Noviembre de dos mil uno en Autos núm 268/01, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D.JOAQUÍN L. SÁNCHEZ CARRIÓN.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Margarita en reclamación sobre pensión de jubilacion contra INSS Y TGSS y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha Dieciséis de Noviembre de dos mil uno, por la que se estimaba la demanda.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. D. Jesús María con D.N.I. nº NUM000 , falleció el 30-10- 2.000.Nació el 20-2-l.937 en Mecina Bombarón (Granada) y a lo largo de su vida laboral trabajó en Alemania y en España, cotizando al Sistema de la Seguridad Social alemán y español como trabajador por cuenta ajena. Al cumplir los 60 años solicitó pensión de jubilación que le fue concedida por resolución de 26-11-l.997 y con efectos de 1-6-l.997.

  2. - Con fecha de 18-7-2.000 solicitó revisión de la pensión de jubilación que fue resuelta por resolución de 1-12-2.000 por la que se estimaba parcialmente en el sentido de reconocer la base reguladora pretendida de 137.537 al amparo de o previsto en el art. 25 del convenio bilateral Hispano -Alemán, reconociendo el siguiente importe mensual de pensión:

    Base reguladora 137.537 Porcentaje 60%

    Porcentaje a cargo de España 4,10%

    Pensión inicial 3.384 Revalorización 237 Total pensión 3.621 Atrasos devengados del 1-8-2.000 a 10.863 Cobrado en igual periodo 4.332 Liquido a percibir 6.531 3º.- No conforme con dicha resolución por no pronunciarse sobre la petición de revisión en cuanto al porcentaje o prorrata de la pensión de jubilación a cargo de la seguridad Social española y no estar de acuerdo con los efectos de la revisión, se interpuso reclamación previa.

  3. - Por lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de la Orden Ministerial DE 18- 1-67 y según la edad del actor el 1-1-67 que era de 29 años, corresponde 2.254 días de periodos ficticios que sumados a los 469 días de cotización efectiva en España, supone un total de 2.723 días cifrándose en este caso la prorrata con cargo a España en un...

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