ATS, 8 de Junio de 2010

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2010:7507A
Número de Recurso1541/2009
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2010
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a ocho de Junio de dos mil diez. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de "LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN000 " presentó el día 25 de mayo de 2009 escrito de interposición del recurso de casación, contra la Sentencia dictada, con fecha 13 de mayo de 2009 por la Audiencia Provincial de Santander (Sección 2ª), en el rollo de apelación nº 263/2008 dimanante de los autos de Juicio Ordinario nº 975/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santander.

  2. - Mediante Providencia de 31 de julio de 2009 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes.

  3. - La Procuradora doña María Dolores de Haro Martínez, en nombre y representación de "LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN000 " presentó escrito ante esta Sala el 10 de septiembre de 2009, personándose en concepto de parte recurrente . El Procurador dona Javier Cereceda Fernández-Oruña en nombre y representación de doña Vanesa, presentó escrito ante esta Sala el 2 de octubre de 2009, personándose en calidad de parte recurrida.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN000 " al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, de la LEC 1/2000 y concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en los arts. 479.1 y 481 de la misma Ley procesal, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que formalice, si así lo tiene por conveniente, su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN000 ", contra la Sentencia dictada, con fecha 13 de mayo de 2009 por la Audiencia Provincial de Santander (Sección 2ª), en el rollo de apelación nº 263/2008 dimanante de los autos de Juicio Ordinario nº 975/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santander.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada para que formalice, si así lo tiene por conveniente, su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

En cumplimiento de lo ordenado en el art. 208.4 de la LEC y de acuerdo con lo establecido en el art. 483.5 de la misma Ley, contra esta resolución no cabe recurso alguno.

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