ATS, 25 de Mayo de 2010

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2010:6822A
Número de Recurso1890/2009
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2010
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Mayo de dos mil diez. I. HECHOS

  1. - Por la representación procesal de D. Silvio, se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 3 de Julio de 2009, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 19ª), en el rollo nº 357/2009, dimanante del juicio ordinario nº 864/2007, del Juzgado de Primera Instancia nº 64 de Madrid.

  2. - Por Providencia de fecha 2 de Noviembre de 2009 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, habiéndose notificado la misma a las partes litigantes con fecha 4 de Noviembre de 2009.

  3. - La Procuradora Dª. Alicia Casado Deleito, en nombre y representación de D. Silvio, presentó escrito ante esta Sala con fecha 16 de Diciembre de 2009, personándose en calidad de parte recurrente . La Procuradora Dª. Almudena Gil Segura, en nombre y representación de Cuarzo Producciones, S.L., presentó escrito ante esta Sala con fecha 5 de Noviembre de 2009, personándose en calidad de parte recurrida . Es interviniente el Ministerio Fiscal. La parte recurrida D. Cayetano no se ha personado ante el Tribunal Supremo.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Silvio, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 1º del art. 477.2 de la LEC 2000

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art 485 LEC 2000, entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL .

  3. - De conformidad con lo previsto en el articulo 483.5º de la LEC 2000 contra la presente resolución no cabe recurso.

  1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de Silvio contra la Sentencia dictada, en fecha 3 de Julio de 2009, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 19ª), en el rollo nº 357/2009, dimanante del juicio ordinario nº 864/2007, del Juzgado de Primera Instancia nº 64 de Madrid.

  2. ) De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL .

Contra la presente resolución no cabe recurso.

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