ATS, 18 de Mayo de 2010

PonenteENCARNACION ROCA TRIAS
ECLIES:TS:2010:6387A
Número de Recurso1243/2009
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2010
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Mayo de dos mil diez. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de Dª Trinidad presentó con fecha 8 de junio de 2009 escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 22 de abril de 2009, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 18), en el rollo de apelación nº 225/2009, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 677/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Alcobendas.

  2. - Mediante Providencia de 23 de junio de 2009 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes.

  3. - El Procurador D. Jorge Laguna Alonso, en nombre y representación de Dª. Trinidad presentó escrito con fecha 1 de julio de 2009 personándose en concepto de recurrente. Asimismo, la Procuradora Dª Carmen Olmos Gilsanz, en nombre y representación de D. Luis Miguel, presentó escrito con fecha 7 de julio de 2009 personándose en concepto de recurrida.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Dª Trinidad, al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en el art. 477.2, de LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad con lo establecido en el art. 485 de la LEC, entréguese copias del escrito de interposición del recurso admitido, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de Dª Trinidad contra la Sentencia dictada, con fecha 22 de abril de 2009, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 18), en el rollo de apelación nº 225/2009, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 677/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Alcobendas.

  2. ) Entréguese copias del escrito de interposición del recurso admitido, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que, en el plazo de VEINTE DIAS, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno de conformidad con lo establecido en el art. 483.5 de la LEC.

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