ATS, 18 de Mayo de 2010

PonenteJUAN ANTONIO XIOL RIOS
ECLIES:TS:2010:6358A
Número de Recurso644/2009
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2010
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Mayo de dos mil diez. I. HECHOS

  1. - Por la representación procesal de "HERMANOS PARRILLA GARCIA, S.C", y de DON Modesto, DOÑA Marcelina, DOÑA Adolfina, DON Luis Francisco, DON Augusto, DON Epifanio Y DON Jacobo, se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 29 de enero de 2009, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 25ª), en el rollo de apelación nº 322/2008, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 363/1999 del Juzgado de Primera Instancia nº 70 de Madrid.

  2. - Por providencia, de fecha 27 de marzo de 2009, se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, habiéndose notificado la misma a los Procuradores personados de las partes.

  3. - Se han personado en el presente rollo, el Procurador Don Joaquín Fanjul de Antonio, en nombre y representación de "REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLIFEROS S.A" en concepto de parte recurrida, y la Procuradora Doña Rosina Montes Agustí, en representación de "HERMANOS PARRILLA GARCIA, S.C", y de DON Modesto, DOÑA Marcelina, DOÑA Adolfina, DON Luis Francisco, DON Augusto, DON Epifanio Y DON Jacobo, concepto de parte recurrente.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "HERMANOS PARRILLA GARCIA, S.C", y de DON Modesto, DOÑA Marcelina, DOÑA Adolfina, DON Luis Francisco, DON Augusto, DON Epifanio Y DON Jacobo, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose, en este momento procesal, causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  3. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "HERMANOS PARRILLA GARCIA, S.C", y de DON Modesto, DOÑA Marcelina, DOÑA Adolfina, DON Luis Francisco, DON Augusto, DON Epifanio Y DON Jacobo contra la Sentencia dictada, en fecha 29 de enero de 2009, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 25ª), en el rollo de apelación nº 322/2008, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 363/1999 del Juzgado de Primera Instancia nº 70 de Madrid.

  4. - Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    En cumplimiento de lo ordenado en el art. 208.4 de la LEC y de acuerdo con lo establecido en el art. 483.5 de la misma Ley, contra esta resolución no cabe recurso alguno.

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