STSJ Castilla y León , 16 de Diciembre de 2003

PonenteMANUEL MARIA BENITO LOPEZ
ECLIES:TSJCL:2003:5846
Número de Recurso2059/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2003
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID SENTENCIA: 02059/2003 Rec. Núm.2.059/03 Ilmos. Sres.

D. José Méndez Holgado Presidente de la Sección D. Juan A. Alvarez Anllo D. Manuel María Benito López/

En Valladolid a dieciséis de Diciembre de dos mil tres La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. Anteriormente citados ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el Recurso de Suplicación número 2.059 de 2003, interpuesto por JUNTA DE CASTILLA Y LEON e INGESA y TGSS contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Valladolid, de fecha 19 de mayo de dos mil tres, (autos nº 141/03), seguidos a virtud de demanda promovida por Jose Manuel contra precitadas recurrentes, sobre CANTIDAD, ha actuado como Ponente el Ilmo. SR. D. Manuel María Benito López .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 25 de Febrero de dos mil tres se presentó en el Juzgado de lo Social número 2 de Valladolid, demanda formulada por el actor en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia estimando referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes: PRIMERO. - El actor D. Jose Manuel , cuyos datos personales constan en autos, presta servicios como médico general de cupo, con nombramiento en propiedad, haciéndolo primero para el INSALUD y actualmente tras la transferencia a la Comunidad Autónoma, para el SACYL (Gerencia Regional de Salud de la Junta de Castilla y León) en el Centro de Salud "Plaza del Ejército", equipo de atención primaria "Esperanto", con antigüedad desde 1960. SEGUNDO.- En Diciembre de 1997 tenía asignadas 1.691 cartillas y por decisión del INSALUD se le redujeron en Enero de 1998 a 1.168 cartillas, con la correspondiente pérdida de ingresos mensuales. En Septiembre de 1998 se le redujeron a 1.074 cartillas. En Agosto de 2001 se produjo nueva reducción de cartillas, pasando de 1.331 en Julio a 1.117 en Agosto del mismo año, también con la correspondiente pérdida de ingresos. TERCERO. - La reducción de cartillas le supuso al actor una pérdida de ingresos económicos en el periodo 1998 a 2002, ambos inclusive, de 30.022,03 euros. Se da aquí por reproducido y se acepta el cálculo realizado en el hecho 2º y 3º de la demanda. CUARTO.- Reclama dicha cantidad y lo demás que expresa en el suplico de la demanda y presentada reclamación previa el 26-12-2002 fue desestimada por el Gerente Regional de Salud en resolución d e15-4-2003, que consta en el expediente administrativo y cuyo íntegro contenido se da aquí por reproducido. QUINTO.- Por RD 1480/2001 de 27 de Diciembre se produjo el traspaso de funciones y servicios del INSALUD a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, con efecto de 1-1- 2002. SEXTO.- En Enero de 1998 el INSALUD procedió a la reconversión del "consultorio Esperanto" en dos nuevos centros de salud: "esperanto" y "sur". Así, la población que venía siendo atendida por 15 médicos de medicina general en el consultorio "Esperanto"

pasó a ser atendida por 19 médicos generales en los dos nuevos centros, con una media de 2000 habitantes por médico general. Al personal propietario adscrito al consultorio, mediante convocatoria de 11-12-1997 (doc. 2 del expediente administrativo) se les ofreció la incorporación para la integración directa en los equipos de atención primaria constituidos en los nuevos centros de salud, considerando a todos los efectos plazas de Equipos de Atención Primaria las desempeñadas por el personal sanitario que optase por la incorporación a los mismos, pero el actor no optó, por lo que ha permanecido prestando servicios en la Zona de salud "esperanto", con un sistema retributivo anterior al RD 3/1987, fijado por la OM de 8-8-1986, rectificada por otra de 4-12-1986 (BOE...

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