STSJ País Vasco , 28 de Noviembre de 2003

PonenteJAVIER RODRIGUEZ MORAL
ECLIES:TSJPV:2003:4718
Número de Recurso908/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 908/01 DE ORDINARIO LEY 98 SENTENCIA NUMERO 706/2003 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. ENRIQUE TORRES Y LOPEZ DE LACALLE MAGISTRADOS:

D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA D. JAVIER RODRIGUEZ MORAL En la Villa de BILBAO, a veintiocho de noviembre de dos mil tres.

La Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 908/01 y seguido por el procedimiento ORDINARIO LEY 98, en el que se impugna: EL ACUERDO DE 20-2-01 DE LA DIPUTACION FORAL DE BIZAKAIA POR EL QUE SE ACUERDA REQUERIR EL REINTEGRO DE LA SUBVENCION OTORGADA AL RECURRENTE "ASTILLEROS ASTONDOA" EN CONCEPTO DE AYUDA PARA TRASALDO Y NUEVA UBICACION DE LA ACTIVIDAD DE ASTILLEROS Y OTRAS RELACIONADAS CON LA NAUTICA.

Son partes en dicho recurso: como recurrente D. Alfonso , representado por el Procurador D. ALFONSO JOSE BARTAU ROJAS y dirigido por Letrado.

Como demandada DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA, representado por la Procuradora Dª MARIA BEGOÑA PEREA DE LA TAJADA y dirigido por el Letrado D. JOSE LUIS ECHEBERRIA MONASTERIO.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JAVIER RODRIGUEZ MORAL, Magistrado de esta Sala.

I.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 27 de abril de 2001 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. ALFONSO JOSE BARTAU ROJAS actuando en nombre y representación de D. Alfonso , interpuso recurso contencioso-administrativo contra EL ACUERDO DE 20-2-01 DE LA DIPUTACION FORAL DE BIZAKAIA POR EL QUE SE ACUERDA REQUERIR EL REINTEGRO DE LA SUBVENCION OTORGADA AL

RECURRENTE "ASTILLEROS ASTONDOA" EN CONCEPTO DE AYUDA PARA TRASALDO Y NUEVA UBICACION DE LA ACTIVIDAD DE ASTILLEROS Y OTRAS RELACIONADAS CON LA NAUTICA; quedando registrado dicho recurso con el número 908/01.

La cuantía del presente recurso quedó fijada en 360.607,26 euros.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, se solicitó de esta Sala el dictado de una sentencia en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, y que damos por reproducidos.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el presente recurso en todos sus pedimentos.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que obra en autos.

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEXTO

Por resolución de fecha 28/10/03 se señaló el pasado día 04/11/03 para la votación y fallo del presente recurso.

SÉPTIMO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales, excepto el plazo para dictar sentencia, dada la cantidad de asuntos que pesan sobre esta Sala.

II

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Mediante la interposición del presente recurso contencioso-administrativo se pide la revocación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia,adoptado en reunión celebrada el veinte de febrero de 2001, que constituyó al Sr. Alfonso Astilleros Astondoa en la obligación de reintegrar el importe de la subvención que le fue concedida por también Acuerdo de la Diputación fechado el13 de julio de 1999., que en lo que aquí importa rezaba literalmente lo siguiente:

Primero Adjudicar a la empresa Alfonso Astilleros Astondoa la cantidad de sesenta millones(60.000.000)

Pesetas siendo su contravalor 360.607 ,26 euros, en concepto de ayuda por el traslado y nueva ubicación.

Los antecedentes de esta ayuda se encuentran suficientemente explicados en el expediente administrativo:

1) con motivo de la regeneración de la Ria de Bilbao se ejecutan a su paso por el término de Portugalete unas obras de ampliación en el Paseo que obligan a la empresa beneficiaria a desalojar las instalaciones que ocupaba en el muelle del Municipio, destinadas a la carpinteria de ribera.

2) el 10 de mayo de 1999, el Sr. Alfonso suscribe y presenta-un informe en justificación y petición a la Diputación Foral de Bizkaia,de crédito a fondo perdido en cuantía que permita el traslado de Astilleros Astondoa a otra ubicación, informe en el que, entre otras cosas, se especifica que la empresa es el único astillero de embarcaciones de madera de los más de diez que hace años existían en la Ría del Nervión, y que ha mantenido y mejorado su cifra de negocios y en cualquier caso subsisitido. Un anexo aparte se ocupa del traslado al nuevo emplazamiento en Udondo, detallando la inexistencia de otras ubicaciones más próximas a Portugalete, u otras, aunque más lejanas que reúnan las características señaladas Se aporta a la Administración presupuesto para los años 1999,2000 y 2001 en base al traslado a Udondo El 17 de mayo de 1999 tiene entrada en el Registro de la Diputación un escrito de Náutica Udondo en el que , como parte interesada- son sus palabras- pone en conocimiento de la Administración el compromiso suscrito por la sociedad suscribiente con Alfonso autorizándole a iniciar el traslado a la nueva ubicación a dependencias de la sociedad suscribiente en virtud cederle por precio la concesión administrativa sobre dos pabellones en la dársena de Udondo. Dicho compromiso lleva fecha de 19 de abril de 1999.

El 6 de julio de 1999 D. Julio Orive, en representación de la mercantil Náutica Udondo formula petición escrita a fin de que se tenga a la sociedad por personada y parte, en calidad de interesado, en el expediente de concesión de ayudas solicitado por Alfonso El 13 de julio se aprueba, como decíamos , la subvención al demandante, mediante pago de 60.000.000 ptas, literalmente ,en concepto de ayuda por el traslado y nueva ubicación 3) la forma en que se materializa la reubicación de la empresa se describe minuciosamente en el expediente, destacando que :

El 30 de diciembre de 1999 el Sr. Alfonso presenta escrito justificativo del destino de la ayuda concedida,donde por primera vez pone de manifiesto a la Administración que una gran parte de la misma ha sido destinada a constituir la sociedad Solares del Muelle Viejo,S.A El 23 de abril de 1999 se otorga escritura pública de constitución de una sociedad limitada denominada Astilleros Astondoa S.L, en la que el beneficiario figura como fundador en unión de varios de sus familiares, y que en octubre, por acuerdo de su Junta General adopta la denominación social Astondoa Sport System ,S.L, y cambia su domicilio social, que pasa a estar en Polígono El Campillo, Parcela nº 9, Barrio de Gallarta, término municipal de Abanto, en Bizkaia Dicha sociedad tiene por objeto social, entre otros menesteres, el diseño. construcción, reparación, almacenaje y compra venta de todo tipo de embarcaciones y barcos, y de los equipos, accesorios, utensilios que se relacionen con la náutica.

El 6 de noviembre del mismo año, en Junta General Extraordinaria y Universal ,la sociedad Solares del Muelle Viejo ,S.A, domiciliada en Santurce, acuerda una ampliación del capital social que de un nominal de diez millones de pesetas pasa alcanzar los 150 ; el demandante adquiere 47.600 acciones por valor nominal de 47.600.000 pesetas., y así se escritura en documento autorizado por el Notario de Elche Luis Olagüe.

Figura como objeto social de esta entidad, aparte de la explotación y comercialización de toda clase de maquinaria , accesorios, productos o bienes relacionados con la náutica, la promoción y realización de actividades inmobiliarias, y en el Impuesto de Actividades Económicas de 2000 consigna como actividad la clasificada como Alquiler de Locales Esta misma sociedad, mediante contrato de compraventa escriturado el 9 de noviembre de 1999, adquiere...

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