STSJ Cataluña , 23 de Diciembre de 2002

PonenteALBERTO ANDRES PEREIRA
ECLIES:TSJCAT:2002:15018
Número de Recurso423/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Recurso n° 423/1998 SENTENCIA N° 1041/2002 Iltmos. Sres.:

Presidente DON JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO Magistrados DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA DON JUAN FERNANDO HORCAJADA MOYA DOÑA ANA RUBIRA MORENO En la Ciudad de Barcelona, a veintitrés de diciembre de dos mil dos. LA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso- administrativo n° 423/1998, interpuesto por la entidad mercantil TOURING CLUB EUROVILLAGE SA., representada por el Procurador D. IVO RANERA CAHÍS y dirigida por el Letrado D. JOAN GELI RISSECH, contra el AYUNTAMIENTO DE ROSES, representado por el Procurador D. LUIS ALFONSO PÉREZ DE OLAGUER y dirigido por el Letrado D. LLUÍS JUNCÁ i ENCESA. Ha sido Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. ALBERTO ANDRÉS PEREIRA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se interpuso el presenté recurso contra el acuerdo adoptado el 16 de octubre de 1997 por el Pleno del Ayuntamiento de Roses, mediante el que se aprobó definitivamente la Ordenanza de limitación de la circulación en la carretera de Monjoi.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El artículo 25.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que los Municipios ejercerán en todo caso competencias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, entre otras materias, sobre ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas. Por su parte, el artículo 7, apartados a) y b), del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 25 de Mayo de 2005
    • España
    • May 25, 2005
    ...de 2.002 por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el recurso nº 423/1998, sobre aprobación de la Ordenanza de limitación de la circulación en la carretera de Monjoi; siendo parte recurrida la compañía "TOURING CLUB E......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR