STSJ Comunidad Valenciana , 7 de Febrero de 2003
Ponente | MIGUEL ANTONIO SOLER MARGARIT |
ECLI | ES:TSJCV:2003:962 |
Número de Recurso | 509/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 7 de Febrero de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso n° 509/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Segunda SENTENCIA N° 125/2003 Ilmos. Sres:
PRESIDENTE D. Mariano Ferrando Marzal MAGISTRADOS D. Miguel Soler Margarit Dª Amalia Basanta Rodríguez En Valencia a siete de febrero de dos mil tres.
VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda) los autos n° 509/2000, seguidos entre partes, de la una y como demandante, don Gustavo representada por la Procuradora doña Esperanza de Oca Ros y dirigida por la Letrada doña Sofía García Solís; y de la otra, como Administración demandada, la Generalidad Valenciana, representada y dirigida por Letrado de su Servicio Jurídico, recurso interpuesto contra la Resolución del Director General de Personal de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia de diecinueve de enero de dos mil.
La indicada Procuradora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso el recurso contra el acto administrativo ya reseñado.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la Ley Jurisdiccional, habiendo despachado las partes, en momento oportuno y por su orden, los trámites de demanda y contestación, en cuyos escritos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en los mismos, suplicaron, respectivamente, la anulación del acto impugnado y la desestimación del recurso, en los términos que estimaron convenientes a sus derechos.
Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló para votación y fallo el día 28 de enero pasado, en que ha tenido lugar.
En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.
Ha sido ponente el Magistrado Don Miguel Soler Margarit.
El presente recurso se ha interpuesto por la Procuradora doña Esperanza de Oca Ros, en nombre y representación de don Gustavo , contra la Resolución del Director General de Personal de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia de diecinueve de enero de dos mil, que inadmite por extemporáneo el recurso de revisión deducido frente a la Resolución de veintidós de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, por la que se hicieron públicas las listas de aspirantes que superaron las pruebas para la provisión de vacantes de funcionarios de Cuerpos Docentes, entre otros, de Profesores de Música y Artes Escénicas convocadas por Orden de 24 de junio de 1994.
La petición inicial de revisión fue presentada, el 28 de diciembre de 1998, al amparo de lo dispuesto en el I art. 103-1° de la Ley 30/1992, precepto cuya cita se reitera en la correspondiente solicitud, su objeto, fue, por consiguiente, solicitar la revisión de oficio, previa declaración de lesividad, de la Resolución de 22 de diciembre de 1994 (DOGV. de 3 de enero de 1995), relativa al concurso oposición convocado por Orden de 24 de junio de 1994, para provisión de vacantes de Cuerpos Docentes. Del mentado escrito de solicitud se deduce, inequívocamente, que la petición del recurrente fue de revisión de oficio mediante previa declaración de lesividad del acto cuestionado, sin que la inadmisión, por extemporaneidad, de la misma sea reconducible, en la demanda, al filo de la consideración de la Administración sobre el posible entendiendo de la misma como...
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STS, 4 de Febrero de 2008
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