STSJ Castilla-La Mancha , 2 de Diciembre de 2003

PonenteJOSE BORREGO LOPEZ
ECLIES:TSJCLM:2003:3983
Número de Recurso724/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1 ALBACETE SENTENCIA: 00814/2003 Recurso nº 724/2000 CUENCA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltmo. Sr. D. Miguel Angel Pérez Yuste.

SENTENCIA Nº 814 En Albacete, a dos de Diciembre de dos mil tres.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 724/2000, del recurso contencioso- administrativo, seguido a instancia de la Sociedad "ARIDOS SECOS, S.A." , representada por el Procurador Don Manuel Cuartero Peinado y dirigido por el Letrado Don Ignacio Pérez Cordero, contra la Consejería de Industria y Trabajo, representada y dirigida por el Servicio Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; en materia de caducidad del permiso de investigación. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. José Borrego López, Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en 20 de Noviembre de 2000 , recurso contencioso-administrativo contra resolución de la Consejería de Industria y Trabajo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de fecha 11 de Septiembre de 2000.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia por la que estimándose el recurso, se anule y deje sin efecto la Resolución dictada por la Consejería de Industria y Trabajo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de fecha 11 de Septiembre de 2000, por la que se ha acordado la caducidad del Permiso de Investigación "Santa Quiteria", del que es titular la actora.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria del recurso, con costas a la parte demandante.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 25 de Noviembre de 2003, en que tuvo lugar.

Cuarto

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Se somete al control judicial de la Sala, la resolución de la Consejería de Industria y Trabajo de la Junta, de fecha 11 de Septiembre de 2000, por la que se declara la caducidad por inactividad del permiso de investigación "Santa Quiteria", nº 1221.

Segundo

Alega en primer lugar la parte actora, que la declaración de caducidad por inactividad del permiso de investigación "Santa Quiteria", nº 1221, sería un acto administrativo nulo de pleno derecho por falta de procedimiento para declararlo (art. 62.1.e), de la Ley de Procedimiento Común; o le habría generado indefensión por no haber sido oído en el expediente administrativo (art. 63.2 de la Ley 30/92), o con vulneración del contenido esencial de un derecho susceptible de amparo constitucional. Motivos impugnatorios que en ningún caso pueden prosperar, pues la declaración de caducidad de un derecho de investigación de minas, de ninguna manera puede ser configurado como una sanción de tipo sancionador, sino como la pérdida de un derecho que deriva del incumplimiento por la parte interesada de las condiciones jurídicas impuestas en virtud de una relación jurídica...

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