STSJ Cataluña , 23 de Diciembre de 2003

PonenteMANUEL TABOAS BENTANACHS
ECLIES:TSJCAT:2003:13277
Número de Recurso422/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA RECURSO Nº: 422/2002 PARTES : Plácido C/ SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA S E N T E N C I A Nº 1342/2003 Ilustrísimos Señores :

MAGISTRADOS D. JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO.

D. ALBERTO ANDRÉS PEREIRA.

D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

BARCELONA, a veintitrés de diciembre de dos mil tres.

Visto por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el recurso contencioso administrativo nº 422/2002, seguido a instancia de Don Plácido , representado por la Procurador Doña MERCE PIJOAN BADIA, contra la SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA, representada por el ABOGADO DEL ESTADO, sobre Extranjería.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El 12 de diciembre de 2001 la Subdelegación del Gobierno en Barcelona dictó Resolución en el expediente administrativo 010199659, por virtud de la que, en esencia, se denegó al ciudadano extranjero Don Plácido el Permiso de Residencia temporal solicitado.

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, el que admitido a trámite y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictase Sentencia estimatoria de la demanda articulada. Se pidió el recibimiento del pleito a prueba.

  3. - Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  4. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

  5. - Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, de conformidad con el artículo 203.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que ha tenido lugar el día 19 de diciembre de 2003, a la hora prevista.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión anulatoria ejercitada a nombre de Don Plácido contra la Resolución de 12 de diciembre de 2001 de la SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA recaída en el expediente administrativo 010199659, por virtud de la que, en esencia, se denegó al ciudadano extranjero Don Plácido el Permiso de Residencia temporal solicitado.

SEGUNDO

La fundamentación del acto impugnado se concreta en los siguientes términos:

"Vista la solicitud de concesión de permiso de residencia temporal formulada por el ciudadano...

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