STSJ Cataluña , 31 de Octubre de 2003

PonenteMANUEL TABOAS BENTANACHS
ECLIES:TSJCAT:2003:10804
Número de Recurso216/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA RECURSO Nº: 216/2002 PARTES : Gonzalo C/ SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA S E N T E N C I A Nº 1027/2003 Ilustrísimos Señores :

MAGISTRADOS D. JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO.

D. ALBERTO ANDRÉS PEREIRA.

D. JUAN FERNANDO HORCAJADA MOYA.

D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS BARCELONA, a treinta y uno de octubre de dos mil tres.

Visto por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el recurso contencioso administrativo nº 216/2002, seguido a instancia de Don Gonzalo , representado por la Procuradora Doña PILAR LOPEZ RODRIGUEZ, contra la SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA, representada por el ABOGADO DEL ESTADO, sobre Extranjería.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don MANUEL TÁBOAS BENTANACHS .

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El 9 de octubre de 2001 la Subdelegación del Gobierno en Barcelona dictó Resolución en el expediente administrativo 010117538, por virtud de la que, en esencia, se denegó al ciudadano extranjero

    Don Gonzalo el permiso de residencia temporal solicitado.

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, el que admitido a trámite y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictase Sentencia estimatoria de la demanda articulada. Se pidió el recibimiento del pleito a prueba.

  3. - Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  4. - Fueron recibidos los autos a prueba con la resultancia que obra en autos.

  5. - Se siguió el trámite de conclusiones que las partes formularon en sus respectivos escritos; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, de conformidad con el artículo 203.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que ha tenido lugar el día 17 de octubre de 2003, a la hora prevista.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión anulatoria ejercitada a nombre de Don Gonzalo contra la Resolución de 9 de octubre de 2001 de la SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA, en el expediente administrativo 010117538, por virtud de la que, en esencia, se denegó al ciudadano extranjero Don Gonzalo el permiso de residencia temporal solicitado.

SEGUNDO

La fundamentación del acto impugnado se concreta en los siguientes términos:

"Vista la solicitud de concesión de Permiso de residencia por circunstancias Excepcionales por el ciudadano extranjero arriba indicado, se desprenden los siguientes hechos:

- El interesado aporta sólo como documentación significativa su pasaporte y el impreso de solicitud de residencia no laboral por causas...

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