STSJ Comunidad de Madrid , 9 de Diciembre de 2002

PonenteJUAN JOSE NAVARRO FAJARDO
ECLIES:TSJM:2002:17178
Número de Recurso4101/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA Recurso número: 4101/02 Sentencia número: 751/02 F. Iltmo. Sr. D. JUAN JOSE NAVARRO FAJARDO Presidente Ilma. Sra. Dª. BEGOÑA HERNANI FERNÁNDEZ Iltmo. Sr. D. ENRIQUE F. DE NO ALONSO MISOL En la Villa de Madrid, a NUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOS, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978, EN NOMBRE DE SM. EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación número 4101/02, formalizado por el Sr/a. LETRADO/A DEL ESTADO en nombre y representación de MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, contra la sentencia de fecha ONCE DE MARZO DE DOS MIL DOS, dictada por el Juzgado de lo Social número 26 de MADRID en sus autos número 855/01, seguidos a instancia de la parte DEMANDANTE frente al RECURRENTE, en reclamación de CANTIDAD, siendo Magistrado- Ponente el Iltmo. Sr. D. JUAN JOSE NAVARRO FAJARDO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

Los actores prestan servicios para la demandada con las siguientes circunstancias personales:

- Asunción presta sus servicios como contratada laboral en el Consulado General de España en Berlín, con la categoría de Auxiliar Administrativo, desde el 25 de abril de 1988.

- Dolores presta sus servicios como contratada laboral en el Consulado General de España en Berlín, con la categoría de Auxiliar Administrativo, desde el 1 de abril de 1984.

- Maite presta sus servicios como contratada laboral del Consulado General de España en Amsterdam (Holanda), con la categoría de Auxiliar Administrativo, desde el 18 de abril de 1988.

- Rosario presta sus servicios como contratada laboral en el Consulado General de España en Amsterdan (Holanda), con la categoría de Auxiliar Administrativo, desde el 1 de junio de 1987.

- Jesus Miguel presta sus servicios como contratado laboral del Consulado General de España en Los Angeles, con la categoría de Oficial Administrativo, desde el 1 de octubre de 1982.

- Carmela presta sus servicios como contratado laboral del Consulado General de España en San Francisco, con la categoría de Auxiliar Administrativo, desde el 1 de febrero de 1992.

- Jose Francisco presta sus servicios como contratado laboral del Consulado General de España en Washington, con la categoría de oficial Administrativo, desde el 1 de marzo de 1986.

- Imanol presta sus servicios como contratado laboral del Consulado General de España de Dusseldorf, con la categoría de Auxiliar Administrativo, desde el 1 de agosto de 1987.

- Marta presta sus servicios como contratada laboral del Consulado General de España en Roma, con la categoría de Auxiliar Administrativo, desde el 1 de junio de 1990.

SEGUNDO

La Orden Circular n° 405 dirigida por el Secretario General Técnico a todas las representaciones en el Exterior (documento n° 1 adjunto a la demanda), señala:

"El establecimiento de sistemas informáticos en las representaciones, plantea la necesidad del nombramiento de Encargados del Sistema que se responsabilicen de su gestión y administración.

Para los nombramientos de los encargados de dichos sistemas, se estará a lo dispuesto por la Dirección General del Servicio Exterior sobre convocatorias para acceder a estas funciones entre el personal laboral de la representación.

Estas normas serán de aplicación para poder nombrar a los responsables del mantenimiento de los Sistemas de nueva implantación, así como a aquellos que aún no hubieran sido nombrados, o para cubrir posibles bajas.

Se adjunta a la presente circular, para conocimiento de VE. fotocopia del escrito de la Dirección General del Servicio Exterior, así como el modelo de convocatoria, a los efectos correspondientes".

El escrito a que se alude en el último párrafo de la orden Circular n° 405 que se acaba de transcribir, viene a decir lo que sigue: "según información recibida de varias representaciones, en el momento de implantar en ellas los nuevos sistemas informáticos, los funcionarios de la Subdirección General de Informática que se desplazan a las mismas informan sobre la posibilidad de que el personal que se responsabilice de la administración del Sistema perciba un complemento retributivo por sus nuevas funciones. Con objeto de que la atribución de estos complementos y el nombramiento de Encargado del Sistema Informático en las Representaciones responda a criterios objetivos, la Subdirección General de Personal ha preparado un modelo de convocatoria que deberá hacerse público en cada Representación, como requisito previo para el nombramiento y concesión del complemento que proceda, en función de las condiciones retributivas de cada puesto. Esta convocatoria precisa las funciones a desarrollar y los requisitos que deben reunir los candidatos al nombramiento de Encargado del Sistema Informático (ser oficial o Auxiliar contratado, titulación mínima de Bachiller Elemental o equivalente y acreditar conocimientos y experiencia, en su caso, en trabajos de informatización).

Parece conveniente que, cuando se anuncie a las Representaciones el desplazamiento de funcionarios para proceder a la implantación de los nuevos Sistemas Informáticos, o incluso con ocasión de estas mismas visitas, se de traslado al Jefe de la Representación del modelo de convocatoria adjunto con objeto de que éste último disponga, desde un principio, de la información necesaria al respecto" (doc: n°: 2 adjunto a la demanda).

La Convocatoria para Encargado de Sistema Informático a que se alude, establecía:

"Convocatoria Encargado Sistema Informático.

Funciones - Poner diariamente el equipo operacional a los usuarios del sistema informático, responsabilizándose del correcto suministro de material fungible, tal como cintas de impreso, papel etc. - Supervisar si se efectúa un uso correcto de los equipos y programas.

- Realizar periódicamente labores de respaldo y copias de seguridad de los archivos.

- Supervisar el mantenimiento preventivo y correctivo que realice la empresa suministradora con la que se haya contratado, así como recabar los servicios de la misma.

- Brindar ayuda y formación a los usuarios del sistema informático, así como al nuevo personal que lo precise.

- Realizar funciones técnicas adicionales que, para el desarrollo automatizado de la Representación, requiera la Subdirección General de Informática.

Requisitos - Estar prestando servicios en la Representación como Oficial-o Auxiliar en régimen de contratación laboral.

- Poseer la titulación mínima de Bachiller Elemental o equivalente - Poseer conocimientos demostrables documentalmente de: Sistemas Operativos MS- DOS; Base de Datos Relacionales d. BASE IV o similar; Procesador de textos WORD- PERFECT o similar y Hoja electrónica LOTUS o similar.

Los interesados deberán presentar en el plazo de 15 días en esta Representación, una instancia dirigida al Sr. DIRECCION000 del Ministerio de Asuntos Exteriores, manifestando su deseo de tomar parte en la presente convocatoria y acompañada de su curriculum vitae y la documentación acreditativa de la titulación poseída, de los conocimientos señalados y de la experiencia en trabajos de informatización, en su caso.

Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias se remitirán todas ellas a la Subdirección General de Personal donde una Comisión de Valoración las estudiará y tomará una decisión al respecto"

(doc n° 3 adjunto a la demanda)

TERCERO

Los actores superaron dicho acceso selectivo en las Representaciones en que prestan servicios, pasando a realizar, además de las funciones propias de su categoría, las funciones de Encargado del Sistema Informático, por las que vinieron a percibir hasta diciembre de 1995 un complemento mensual en la cuantía y desde la fecha que a continuación se relaciona:

NOMBRECUANTIA MENSUALCOBRO CON EFECTOS (COMP. INFORMATICO) DESDE FECHA:

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