STSJ Canarias , 28 de Febrero de 2002

PonenteANGEL ACEVEDO CAMPOS
ECLIES:TSJICAN:2002:616
Número de Recurso135/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS.

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.

SANTA CRUZ DE TENERIFE.

S E N T E N C I A N° 25 ROLLO APELACIÓN N° 135/01 RECURSO N° 355/00 ILMOS.SRES.

PRESIDENTE:

D. Antonio Giralda Brito.

MAGISTRADOS:

D. Angel Acevedo y Campos.

D. Luis Miguel Blanco Domínguez.

En Santa Cruz de Tenerife, a veintiocho de febrero de dos mil dos. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de esta Capital, integrada por los Sres.

Magistrados antes expresados, el presente recurso de apelación núm. 135/01, interpuesto por Don Alejandro , representado y dirigido por el Letrado Sr. Ravelo Perdomo, como parte apelante-recurrente, siendo parte apelada recurrida la de la Comunidad autónoma de Canarias, representada y dirigida por el Letrado de los Servicios Jurídicos de dicha Comunidad, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo N° 1 de esta Capital, en los autos 355/00, versando sobre personal, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Angel Acevedo y Campos, se ha dictado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife, dictó sentencia el 2 de mayo de 2001, con el siguiente Fallo: " Desestimar el recurso interpuesto por ser ajustado a Derecho el acto impugnado, sin expresa imposición de costas."

SEGUNDO

Por la representación de la parte recurrente, antes mencionada, se interpuso recurso de apelación contra la referida sentencia.

TERCERO

Seguido el recurso por todos sus trámites, se elevaron las actuaciones a esta Sala, formándose el correspondiente rollo, con señalamiento de la votación y fallo, para el día 25 de febrero de

2002.

Vistos los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Tratándose del caso sometido a la revisión de esta Sala por virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de instancia, marca una directriz fundamental la sentencia del Tribunal Supremo de 19 de abril de 1996, dictada en recurso de casación en interés de la Ley, que tras declarar, en primer lugar, que el sistema de acceso a la función pública actualmente vigente para la Administración Española se caracteriza por la pertenencia de todos los funcionarios a un Cuerpo, Escala o Clase determinada, sin que el ingreso en la función pública pueda...

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