STSJ Asturias , 13 de Febrero de 2004

PonenteMARIA DEL CARMEN PRIETO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2004:785
Número de Recurso1314/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2004
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL NIG: 33044 4 0105943 /2003, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001314 /2003 MATERIA: RECLAMACIÓN CANTIDAD RECURRENTE/s: SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

RECURRIDO/s: Virginia , Gregorio , Jesus Miguel , Lucio , María Dolores , María Milagros , Augusto , María Consuelo JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 005 de OVIEDO DEMANDA 0001293 /2002 Sentencia número: 607/04 Ilmos. Sres.

D. EDUARDO SERRANO ALONSO Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNÁNDEZ Dª Mª DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ En OVIEDO a trece de Febrero de dos mil cuatro, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE SM. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 0001314/2003, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. LETRADO COMUNIDAD, en nombre y representación del SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA), contra la sentencia de fecha once de febrero de dos mil tres, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n° 005 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0001293/2002, seguidos a instancia de Virginia , Gregorio , Jesus Miguel , Lucio , María Dolores , María Milagros , Augusto y María Consuelo , representados por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª. RAMON ROBLES GONZÁLEZ, frente al SERVICIO DE SALUD DEL

PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA), parte demandada, en reclamación por cantidad, siendo Magistrado- Ponente la Iltma. Sra. Dª Mª DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha once de Febrero de dos mil tres por la que se estimaba en parte la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

1.- Los demandantes, vienen prestando servicios para el Servicio de Salud del Principado de Asturias como Celadores en el Hospital Central de Asturias, ostentando cada uno de ellos nombramiento en propiedad desde las fechas siguientes:

Jesus Miguel desde el 11-04-2002 Augusto . . desde el 05-04-2002 Gregorio . desde el 03-04-2002 Virginia .desde el 03-04-2002 María Dolores . desde el 08-04-2002 María Consuelo .... .desde el 03-04-2002 María Consuelo ...desde el 03-04-2002 Lucio ...desde el 04-04-2002 2.- Los demandantes solicitan el reconocimiento de los servicios previos prestados para la Administración Pública conforme a lo establecido en el Real Decreto 1181/89 de 29 de septiembre por el que se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978 de 26 de Diciembre.

3.- El 26-07-2002 el SESPA dicta Resolución en el que se declara perfeccionado por D. Jesus Miguel tres trienios del grupo E por importé mensual cada uno de ellos de 11,65 y con fecha de perfeccionamiento de 7/10/94, 26/10/97 y 26/10/00. Igualmente se declara como fecha de vencimiento del próximo trienio el 01/11/2003 y el derecho del interesado a percibir una liquidación de diferencias económicas (atrasos) comprensiva del año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de su solicitud de reconocimiento de servicios previos y hasta el último día del mes inmediatamente anterior al que se dicta la resolución por un importe de 163,11 euros.- La solicitud fue presentada el 18 de junio de 2002.

4.- El 18/07/2002 el SESPA dicta Resolución declarando perfeccionados por D. Augusto tres trienios por importe cada uno de ellos de 11,65 con fecha de perfeccionamiento el 12/11/95, 12/11/98 y 12/11/01, y como fecha de vencimiento del próximo trienio el 01/12/2004. Asimismo le reconoce en concepto de atrasos del año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud de reconocimiento la cantidad de 170,10 euros. La solicitud fue presentada en fecha 9 de Mayo de 2002.

5.- Por resolución del SESPA de 22/07/2002 se declaran perfeccionados por D. Gregorio tres trienios por importe cada uno de ellos de 11,65 con fecha de perfeccionamiento el 13/11/95, 13/11/98 y 13/11/01 y como fecha de vencimiento del próximo trienio se declara el 01/12/04. Asimismo le reconoce en concepto de atrasos 172,41 Presentó la solicitud el 17 de Mayo de 2002.

6.- El 22/04/2002 el SESPA dicta Resolución declarando perfeccionados por Dª Virginia 4 trienios por importe cada uno de ellos de 11,65 , con fecha de perfeccionamiento el 2/07/92, 2/07/95, 2/07/98 y 2/07/01.- Se declara como fecha de vencimiento del próximo trienio el 2/7/2004, no reconociéndole cantidad alguna en concepto de atrasos. Presentó la solicitud de reconocimiento el 22 de abril de 2002.

7.- Por Resolución de fecha 24/04/2002 el SESPA declara perfeccionados por Dª María Dolores 4 trienios por importe cada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 19 de Mayo de 2005
    • España
    • 19 Mayo 2005
    ...Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de fecha 13 de febrero de 2004, dictada en el recurso de suplicación número 1314/03, formulado por el aquí recurrente, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de Oviedo, de fecha 11 de febrero de 2003, dictada en......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR