STSJ Galicia , 4 de Noviembre de 2005

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
ECLIES:TSJGAL:2005:3084
Número de Recurso1140/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 1140/05

MFV

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA

ILMA. SRª Dª ROSA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

A Coruña, a cuatro de noviembre de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores

magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación nº 1140/05 interpuesto por D. Blas contra

la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. UNO de LUGO siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos nº 980/04 se presentó demanda por D. Blas en reclamación de INCAPACIDAD siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 24 de enero de 2005 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1.- D. Blas, con DNI nº NUM000, y nacido el 15 de enero de 1944, se encuentra afiliado al Régimen General de la Seguridad Social como consecuencia de la prestación de servicios como encargado de turno de producción para la empresa Alúmina Española, S.A. 2.- Inició la vía administrativa ante la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social que, en Resolución de fecha 28 de mayo de 2004, acordó la no calificación del actor como incapacitado permanente, por no presentar reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral. La agotó con la formulación de Reclamación Previa que por resolución de 16 de julio de 2004 fue desestimada. 3.- La base reguladora es la de 2.258,32 euros, y la fecha de efectos el 13 de mayo de 2004. 4.- D. Blas presenta un cuadro residual de espondiloartrosis dorsal y lumbar leves. Cervicoartrsois moderada. Discopatía L5-S1 con pequeña herniación discal sin complicaciones. Signos de tendinitis en ambos hombros por RMN. Trastorno de ansiedad con agorafobia. Diales mellitus tio 2.".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que desestimando la demanda interpuesta por D. Blas, debo absolver y absuelvo a los demandados INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de las pretensiones contenidas en la misma".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- 1.- Recurre el beneficiario la desestimación de su demanda en reclamación de IPA o subsidiaria IPT, instando -por el cauce del art. 191.b LPL - la modificación del cuadro de dolencias declarado probado, y denunciando -vía art. 191.c LPL - la infracción por inaplicación del art. 137 LGSS.

  1. - La primera de las revisiones propuestas va referida a las dolencias, y aunque se afirma en el recurso que se basa en los informes oficiales de los folios 45 y 47, así como en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
5 sentencias
  • STSJ Galicia , 3 de Marzo de 2006
    • España
    • March 3, 2006
    ...sino una censurable introducción en el relato histórico -SSTSJ Galicia 06/02/04 R. 3470/01, 08/04/05 R. 974/05, 21/10/05 R. 1912/03, 04/11/05 R. 1140/05 y 13/12/05 R. 4940/04 , entre otras- de lo que en su caso ha de calificarse como instrumentos Se rechaza la infracción que la empleadora d......
  • STSJ Galicia , 16 de Diciembre de 2005
    • España
    • December 16, 2005
    ...sino la inadecuada introducción en el relato histórico - SSTSJ Galicia 06/02/04 R. 3470/01, 08/04/05 R. 974/05, 21/10/05 R. 1912/03 y 04/11/05 R. 1140/05 entre otras- de lo que en su caso ha de calificarse como instrumentos probatorios, lo cierto y verdad es que en la fundamentación jurídic......
  • STSJ Galicia , 10 de Noviembre de 2005
    • España
    • November 10, 2005
    ...31/03/05 R. 3125/03, 08/04/05 R. 4475/03, 22/04/05 R. 3981/04, 03/05/05 R. 4929/04 y 09/06/05 R. 5076/04, 27/10/05 R. 822/05 y 04/11/05 R. 1140/05 -, es presupuesto legal ( art. 134.1 LGSS ) y jurisprudencial de todo reconocimiento de IP que en la fecha del hecho causante concurran «reducci......
  • STSJ Galicia , 13 de Diciembre de 2005
    • España
    • December 13, 2005
    ...sino una censurable introducción en el relato histórico - SSTSJ Galicia 06/02/04 R. 3470/01, 08/04/05 R. 974/05, 21/10/05 R. 1912/03 y 04/11/05 R. 1140/05 entre otras- de lo que en su caso ha de calificarse como instrumentos probatorios. Rechazo que igualmente ha de predicarse de parte de l......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR