STSJ Comunidad Valenciana , 8 de Julio de 2004

PonenteERNESTO JAIME VIDAL GIL
ECLIES:TSJCV:2004:4137
Número de Recurso1611/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

5 Recurso núm: 1611/2002 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Segunda SENTENCIA. núm. 1080/2004 Ilmos. Sres.

Presidente D. José A. Martínez Arenas Magistrados D. Miguel Soler Margarit D. Ernesto J. Vidal Gil

En la ciudad de Valencia, a ocho de julio de dos mil cuatro.

Visto por la sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso contencioso administrativo nº 1611 de 2002 interpuesto por Dª. Frida representada por el Procurador D. JOSÉ CARBONELL GENOVÉS contra la Resolución del Ayuntamiento de Gandía de 3 de agosto de 2002 que aprueba la 17ª modificación de la Ordenación del Plan General de Ordenación Urbana habiendo sido parte en los Autos la Administración demandada representada por su Letrado y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Ernesto J. Vidal Gil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por Ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dictase Sentencia estimando el recurso interpuesto y las pretensiones en él deducidas.

SEGUNDO

Por la representación de la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte Sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el artículo 78 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción , y cumplido dicho trámite quedaron los Autos pendientes de Votación y Fallo.

CUARTO

Se señaló la Votación y Fallo del recurso para el día quince de junio de dos mil cuatro en cuya fecha, tuvo lugar.

SEXTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso administrativo contra la Resolución del Ayuntamiento de Gandía de 3 de agosto de 2002, notificada el 29 de agosto de 2002, que aprueba la 17ª

modificación de la Ordenación del Plan General, "Plan de Reforma Interior Marenys de Rafalcacid"

SEGUNDO

El expediente administrativo y la prueba practicada acreditan:

  1. ) Que la recurrente es dueña de una tercera parte indivisa de la finca registral núm. NUM000 del Registro de la Propiedad núm. 1 de los de Gandía "campo de tierra marjal situado en Gandía, partida de Rafalcacid, comprensiva de una superficie aproximada de 13 áreas y cuarenta y cinco centiáreas (1345 m2)". Tras la aprobación del Plan General de Ordenación Urbana de Gandía en 1983 pasó a formar parte del Catastro de fincas urbanas, integrándose en la "Zona residencial Extensiva Aislada Núcleos Dispersos Subzona C dels Marenys de Rafalcacid)".

  2. ) Sin embargo en el PRI impugnado la finca descrita desaparece puesto que la Administración la incorpora al dominio público pese a su naturaleza privada y su carácter de urbana descrita en el apartado anterior y pese a que el PRI impugnado señala expresamente que el deslinde vigente en materia de costas data de 1975.

  3. ) En la...

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