STSJ Cataluña , 5 de Mayo de 2004

PonenteMARIA NATIVIDAD BRACERAS PEÑA
ECLIES:TSJCAT:2004:5707
Número de Recurso3691/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA CATALUNYA SALA SOCIAL j.a. ILMO. SR. EMILIO DE COSSIO BLANCO ILMA. SRA. ÁNGELES VIVAS LARRUY ILMA. SRA. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA En Barcelona a 5 de mayo de 2004 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 3567/2004 En el recurso de suplicación interpuesto por Luis Alberto y Otros frente a la Sentencia del Juzgado Social 2 Barcelona de fecha 31 de enero de dos mil tres dictada en el procedimiento Demandas nº 789/2002 y siendo recurrido CORREOS Y TELEGRAFOS, S.A.E.. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 27.9.2002 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclam. derechos contrato trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 31 de enero de dos mil tres que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimo la demanda formulada por Luis Alberto , Silvio , Hugo , Gabriela , Casimiro , Raquel , Juan Alberto , Amelia , Jose Augusto , Francisca , Mariano , Federico , Sonia , Begoña , Laura , Carlos .

contra CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A.E. y absuelvo a la demandada de las pretensiones deducidas en su contra.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

Primero.- Los demandantes prestan sus servicios para Correos y Telégrafos SAE con un contrato de interinidad hasta que se cubra la vacante desde la fecha y con las categorías que se indican:

CONTRATO CATEGORIA Luis Alberto ...........................................1.02.95 APT Silvio .............................................1.10.02 ACRT Hugo .................1.10.02 ACRT Gabriela .................................2.11.98 APT Casimiro ............................. 3.06.02 ACT Raquel ..................................2.05.02 APT Juan Alberto ...........................................4.06.96 APT Amelia ...................................2.12.99 ACR Jose Augusto .............................3.11.00 APT Francisca .............................3.11.00 ACR Mariano ..........................................2.11.99 ACR Federico ..................1.04.99 APT Sonia ..........................................6.06.98 APT Begoña ............................1.04.99 APT Laura ..................................1.02.01 APT Carlos .................................13.01.97 APT Segundo.- A partir del 29.6.01, de conformidad con previsión de la Ley 14/00 , la entidad pública empresarial Correos y Telégrafos pasa a ser Sociedad anónima estatal.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dio traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestimó íntegramente la demanda mediante la que se interesaba por parte de varios trabajadores que se declarase su relación laboral con la demandada, la Sociedad Anónima Estatal de Correos y Telégrafos, de carácter indefinido y fijo.

Contra dicho pronunciamiento se alza en suplicación la parte actora formulando un solo motivo, amparado en el apartado c) del art. 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , para denunciar la infracción por la referida sentencia...

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