SAP Alicante 649/2009, 9 de Noviembre de 2009

PonenteFAUSTINO DE URQUIA GOMEZ
ECLIES:APA:2009:3349
Número de Recurso211/2009
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución649/2009
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

ALICANTE

ROLLO DE APELACIÓN Nº 211/09

JUICIO DE FALTAS N 595/09

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N 1 DE ALICANTE

SENTENCIA DE APELACIÓN Nº 649/09

En Alicante a 09 DE NOVIEMBRE DE 2009

El Iltmo. Sr. D. Faustino de Urquía y Gómez, Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 09 DE JUNIO DE 2009, dictada por el Juzgado de Instrucción n 1 de Alicante, en Juicio de Faltas nº 595/09, sobre LESIONES POR IMPRUDENCIA, habiendo actuado como parte apelante ALLIANZ S.A. y como parte apelada Franco .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: "PRIMERO.- Sobre las 7,00 horas del día 28 de septiembre de 2.008 Santiago circulaba conduciendo el vehículo furgoneta marca Renault, con matrícula .... CQN, por la Rotonda de La Universidad, por el carril derecho de esa Rotonda. En ese vehículo viajaba como acompañante Apolonia .

Al propio tiempo Luis Antonio circulaba conduciendo el vehículo marca Hyundai, con matrícula .... ZCR, propiedad de Eulalia, y asegurado en Allianz, y lo hacía por la misma Rotonda si bien por el carril situado a la izquierda de aquel por el que circulaba la furgoneta conducida por Santiago, cuando Luis Antonio decidió efectuar un giro a la derecha para coger una de la salidas de la rotonda, interceptando el paso de la furgoneta conducida por Santiago, produciéndose la colisión entre ambos vehículos.

SEGUNDO

Como consecuencia del accidente anteriormente descrito Santiago, nacido el 16-6-1957, y de profesión vendedor ambulante, sufrió un esguince cervical, precisando además de la primera asistencia facultativa ulterior tratamiento médico consistente en reposo, fármacos, tratamiento ortopédico y rehabilitación, tardando en curar o estabilizarse de sus lesiones 113 días, en los que estuvo incapacitado para sus ocupaciones habituales, no quedándole secuelas.

Apolonia, nacida el 14-1-1958, de profesión vendedora ambulante, sufrió un esguince cervical, precisando además de la primera asistencia facultativa, ulterior tratamiento médico consistente en reposo, fármacos y rehabilitación, tardando en curar o estabilizarse de sus lesiones 115 días, en los que estuvo incapacitada para sus ocupaciones habituales, quedándole como secuela algia postraumática, valorable en 1 punto. TERCERO.- Santiago reclama por gastos médicos y de rehabilitación la cantidad de 1.120 euros, mientras que Apolonia reclama por el mismo tipo de gastos la suma de 1.030 euros, que en ninguno de los casos constan abonados"."; HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN.

SEGUNDO

El FALLO de dicha sentencia literalmente dice: " Que debo...

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