STSJ Cataluña 8760/2009, 30 de Noviembre de 2009

PonenteDANIEL MARTINEZ FONS
ECLIES:TSJCAT:2009:14112
Número de Recurso3993/2008
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución8760/2009
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2009
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2007 - 0021334

EGA

ILMA. SRA. Mª DEL CARMEN QUESADA PÉREZ

ILMA. SRA. M. MAR GAN BUSTO

ILMO. SR. DANIEL MARTÍNEZ FONS

En Barcelona a 30 de noviembre de 2009

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 8760/2009

En el recurso de suplicación interpuesto por Magdalena frente a la Sentencia del Juzgado Social 32 Barcelona de fecha 28 de Noviembre de 2.007 dictada en el procedimiento nº 509/2007 y siendo recurrido Servicio Público de Empleo Estatal (INEM). Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DANIEL MARTÍNEZ FONS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 9 de Julio de 2.007 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 28 de Noviembre de 2.007 que contenía el siguiente Fallo:

" Desestimando la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario, así como las pretensiones de la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Dª. Magdalena frente a SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL (INEM) sobre prestaciones de desempleo para mayores de 52 años, debo absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones ejercitadas por el actor frente a la misma, con la consiguiente confirmación de la resolución administrativa de fecha 19 de Marzo de 2007."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- La actora Dª. Magdalena, de 57 años de edad, con DNI NUM000, ha figurado de alta en el Sistema de la Seguridad Social durante un total de 8.001 días (21 años, 10 meses y 27 días). Prestó servicios por cuenta ajena en el régimen general, de forma continuada, desde 1965 hasta el 20/11/1986. Percibió la prestación por desempleo desde el 21/11/1986 hasta el 20/11/1988, y posteriormente percibió subsidio por desempleo desde el 21/12/1988 hasta el 20/12/1990. (se colige del informe de vida laboral de la actora que se acompaña a los folios nº15-17).

  1. - Desde el 1/01/1980 hasta el 25/01/2007 la actora consta inscrita en el Servei d`Ocupació de Catalunya, como demandante de empleo en los siguientes períodos:

  2. - De 15/01/1987 a 19/03/1992. (baja voluntaria)

  3. - Desde el 21/06/2006 hasta la fecha de la solicitud del subsidio (25/01/2007).

    (no controvertido y documentado en el expediente administrativo, folio nº47 y 45).

  4. - No consta que la actora haya estado inscrita como demandante de empleo entre los años 1992 y 2006. La actora consta inscrita como demandante de empleo desde el 21/06/2006. (hecho no controvertido y documentado)

  5. - La actora solicitó la prestación por desempleo para mayores de 52 años en fecha de 25/01/2007, siéndole denegada por Resolución de 19/03/2007, cuyo contenido se da por reproducido. (folio nº35 de los autos).

  6. - Interpuesta reclamación previa por la demandante, la misma fue desestimada por Resolución del INEM de 25/05/2007, por los mismos motivos que la primitiva. (folios nº3 y 32).

  7. - Según certificación del INSS la demandante no reúne el periodo mínimo de cotización exigido para tener derecho a la pensión de jubilación de la Seguridad Social, de acuerdo con el apartado b) del art. 161.1 de la Ley General de la Seguridad Social . Acredita carencia genérica. No acredita carencia especifica. (folios nº48-49)."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dio traslado no lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que desestimó la demanda formulada por Dña. Magdalena contra el...

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