STSJ Aragón , 13 de Febrero de 2004
Ponente | LUIS FERNANDEZ ALVAREZ |
ECLI | ES:TSJAR:2004:375 |
Número de Recurso | 92/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 13 de Febrero de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO - SECCIÓN TERCERA - RECURSO N° 92/01-C SENTENCIA N° 132 de 2,004 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE:
D. LUIS FERNÁNDEZ ALVAREZ MAGISTRADOS:
D. FERNANDO ZUBIRI DE SALINAS D. MANUEL SERRANO BONAFONTE Dª ROSA Mª BANDRES SÁNCHEZ CRUZAT En Zaragoza a trece de febrero de 2004.
En nombre de SM. el Rey. VISTO por la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón el presente recurso contencioso-administrativo n° 92/01-C, seguido entre partes, de la una como demandante D. Jaime , mayor de edad, casado y vecino de Zaragoza, representado por el Procurador D. Juan-Fernando Terroba Mela, y dirigido por el Letrado D. Juan-Carlos Campo Hernando, y de la otra como demandada la Diputación General de Aragón, representada y dirigida por el Letrado de la Comunidad Autónoma, versando el juicio, que se sustanció por los trámites del procedimiento ordinario, sobre impugnación de la resolución de la Dirección General de la Función Pública de fecha 27 de junio de 2000, que modifica determinados extremos de la de 19 de octubre de 1999, por la que se publica la lista definitiva del personal laboral afectado por el proceso de funcionarización que ostenta categoría profesional correspondiente al Grupo A.
El Procurador Sr. Terroba Mela, en la representación que ostenta, formuló recurso contencioso- administrativo contra la resolución indicada en el encabezamiento de ésta sentencia, mediante escrito que tuvo entrada en la Secretaria de este Tribunal en fecha 8 de marzo del año 2001.
Admitido a trámite el recurso, y tras la recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda en la que la parte actora, después de alegar los hechos y fundamentos de derecho que creyó pertinentes, terminó suplicando se dicte sentencia por la que se anule la resolución de la Dirección General de la Función Pública de fecha 27 de junio de 2000, que modifica la 19 de octubre de 1999, declarando el derecho del Sr. Jaime a que se mantenga el texto de esta última resolución en lo que a él atañe.
Efectuado el traslado de la demanda, el Letrado de la Comunidad Autónoma de Aragón, en nombre y representación de la Administración demandada, contestó mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando se desestimara el recurso interpuesto.
Recibido el pleito a prueba, se practicó la documental, y una vez terminado el periodo de prueba, no habiéndose solicitado la celebración de vista o la formulación de conclusiones escritas, quedaron los autos pendientes de señalamiento, fijándose para votación y fallo el día 2 de febrero del presente año.
Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. LUIS FERNÁNDEZ ALVAREZ.
El objeto del presente recurso contencioso administrativo es la impugnación de la resolución de la Dirección General de la Función Pública de fecha 27 de junio de 2.000, que modifica la de 8 de octubre de 1999, por la que se publica la lista definitiva del personal laboral afectado por el proceso de funcionarización que ostenta categoría profesional correspondiente al Grupo A, solicitando el recurrente se le mantenga con...
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STS, 22 de Julio de 2008
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