STSJ Cataluña , 31 de Enero de 2005

PonenteLIDIA CASTELL VALLDOSERA
ECLIES:TSJCAT:2005:1097
Número de Recurso2268/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución31 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL R.U. IL·LMA. SRA. Mª LOURDES ARASTEY SAHÚN IL·LMA. SRA. ASCENSIÓ SOLÉ PUIG IL·LMA. SRA. LIDIA CASTELL VALLDOSERA Barcelona, 31 de gener de 2005 La Sala Social del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, formada pels magistrats esmentats més amunt, EN NOM DEL REI ha dictat la següent SENTÈNCIA NÚM. 709/2005 En el recurs de suplicació interposat per -I.N.S.S.-Instituto Nacional Seguridad Social a la sentència del Jutjat Social 24 Barcelona de data 04 de novembre de 2003 dictada en el procediment Demandes núm.

608/2003 en el qual s'ha recorregut contra la part Juan Enrique , ha actuat ANTECEDENTS DE FET

Primer

En data 29 de juliol de 2003 va arribar al Jutjat Social esmentat una demanda sobre Seguretat Social en general, en la qual l'actor al.lega els fets i fonaments de dret que va considerar procedents i acabava demanant que es dictés una sentència d'acord amb el que es demanava. Admesa la demanda a tràmit i celebrat el judici, es va dictar la sentència en data 4 de novembre de 2003 , que contenia la decisió següent:

Que estimando la demanda formulada por Juan Enrique frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y debo declarar y declaro el derecho del actor al percibo del 70%& sobre la base reguladora de 2.094,04 euros de la pensión de jubilación que tiene reconocida y con efectos de 15.5.2003, condenando al INSS a estar y pasar por esta Resolución.

Segon

En aquesta sentència es declaren com a provats els fets següents:

"1º.- Por Resolución de la entidad demandada (INSS) de 15.5.2003 se reconoce al actor la pensión de jubilación a razón de un porcentaje por edad del 60% como consecuencia de la jubilación a los 60 años y con efectos de 15 de mayo de 2003 y sobre base reguladora de 2.094,04 euros y en función de 46 años cotizados.

2 °.- Igualmente el demandante era mutualista a 1 de enero de 1967.

  1. - Ha trabajado el actor para la empresa Enher hasta el 31 de mayo de 1998, fecha en la que es despedido como consecuencia de un Expediente de Regulación de Empleo, posteriormente pasa a percibir el nivel contributivo del desempleo durante 2 años y desde el mes siguiente a la finalización de este y hasta la jubilación anticipada ha estado cotizando a la Seguridad Social a través de Convenio Especial.

  2. - El actor formula el 27 de mayo de 2003, escrito de reclamación previa, en el que considera que el porcentaje aplicado a la base reguladora debe ser superior.

  3. - El hecho causante se produjo el 14.5.2000, fecha en la que había cumplido 60 años de edad.

    Existe constancia de su inscripción como demandante de empleo desde el 27.9.2001.

  4. - La Reclamación previa obtuvo...

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