STSJ Aragón , 29 de Abril de 2005

PonenteEUGENIO ANGEL ESTERAS IGUACEL
ECLIES:TSJAR:2005:1093
Número de Recurso574/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Sección 2ª).

Recurso número 574 del año 2003 SENTENCIA N° 319 de 2.005 ILUSTRISIMOS SEÑORES PRESIDENTE:

D. Jaime Servera Garcías MAGISTRADOS:

D. Eugenio A. Esteras Iguacel D. Fernando García Mata En Zaragoza, a veintinueve de abril de dos mil cinco En nombre de S.M el Rey VISTO, por la Sala de lo Contencioso - Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN (Sección 2ª), el recurso contencioso -administrativo número 574/03, seguido entre partes; como demandante Dª Flora , representada por la Procuradora Dª Begoña Uriarte González y defendida por el Letrado D. Pablo Escribano Julián; como demandado el AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA, representado por la Procuradora Dª Natalia Cuchi Alfaro y defendido por el Letrado D. Luis García-Mercadal y García-Loygorri.

Es objeto de impugnación la desestimación presunta por silencio administrativo de reclamación de indemnización formulada en fecha 15-11-02 por responsabilidad patrimonial derivada de caída en vía pública (C/ Predicadores, 89).

Procedimiento: Ordinario.

Cuantía: 31.838,54 Euros.

Ponente: Iltmo. Sr. Magistrado D. Eugenio A. Esteras Iguacel.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito de 13 de noviembre de 2003 la parte actora formuló recurso contencioso-administrativo contra las resoluciones citadas que dio lugar a la incoación de los presentes autos n° 574/03.

SEGUNDO

Previa la interposición del recurso y aportación del expediente administrativo, la parte actora dedujo demanda en suplica "de que se dicte sentencia estimatoria de la misma por la que se condene al Ayuntamiento de Zaragoza a pagara mi representada la cantidad de treinta y un mil ochocientos treinta y ocho euros con cincuenta y cuatro céntimos de euro (31.838,54 Euros), más los intereses legales desde el 29 de octubre de 2001 hasta que se efectúe el pago de la presente reclamación, en concepto de indemnización por los daños económicos y morales oroducidos a la recurrente y, con expresa imposición de costas a la parte demandada"

TERCERO

La Administración demandada, en su contestación a la demanda, suplicó se dictara sentencia desestimatoria del recurso.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba, se propuso por la actora prueba documental, pericial y testifical admitiéndose esta última que fue practicada con el resultado que consta en autos.

QUINTO

Finado el periodo probatorio, las partes evacuaron el traslado para conclusiones sucintas por escrito, señalándose para votación y fallo del recurso el día 15 de abril de 2005.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso jurisdiccional se cuestiona la conformidad con el Ordenamiento jurídico de la resolución desestimatoria presunta, por silencio administrativo, de la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Zaragoza, de la solicitud, formulada por escrito de 15 de noviembre de 2002, de indemnización como consecuencia de las lesiones sufridas por la ahora demandante, de 71 años de edad, por caída en la vía pública -calle Predicadores n° 89- a las 17,45 horas del día 29 de octubre de 2001 como consecuencia de tropezar con uno de los tablones, que estaban sueltos, que cubrían la zanja abierta en la acera de dicha calle.

SEGUNDO

La controversia debe ser resuelta de acuerdo con lo dispuesto en art. 106 p 2 de la Constitución y, en el plano de la legalidad ordinaria, en los arts. 139 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre , cuyo...

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