SAP Madrid, 28 de Marzo de 1998

PonenteJOSE LUIS ZARCO OLIVO
ECLIES:APM:1998:3595
Número de Recurso1165/1996
ProcedimientoCOGNICIÓN
Fecha de Resolución28 de Marzo de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª

SENTENCIA

En Madrid, a veintiocho de Marzo de mil novecientos noventa y ocho.

La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de cognición sobre Reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 58, de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante DON Jose Pedro, y de otra, como demandado-apelado INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José Luis Zarco Olivo

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 58, de Madrid, en fecha 19 de septiembre de 1996, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que, desestimando la demanda formulada por D. Jose Pedro CONTRA EL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID, debo absolver y absuelvo a la demandada sin hacer expresa imposición de las costas al apreciar circunstancias excepcionales, por lo que cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad. ".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante DON Jose Pedro, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dió traslado a la parte apelada, conforme a lo dispuesto en la Ley 10/1992, elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día 25 de marzo de 1998.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales, excepto el plazo de señalamiento para deliberación, votación y fallo, debido al número de señalamientos de vistas ya efectuados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 10/1992, de 30 de abril de Medidas Urgentes de Reforma Procesal, y pendencia de resolución de procedimientos de la misma naturaleza y clase del presente, sujetos a la legislación anterior.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten los contenidos en la resolución impugnada en cuanto no se opongan a los que siguen.

SEGUNDO

Por D. Jose Pedro, se interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 19 de septiembre de 1.996 por el Juzgado de Primera Instancia nº 58 de los de Madrid, que desestimó la demanda presentada por aquel contra el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID, en la que solicitaba que se condenase a este a pagar la cantidad de 190.576 ptas., mas los intereses legales, a que asciende el importe del Incremento del Valor de los Terrenos (Plusvalía) correspondiente a la vivienda sita en el Bajo Izquierda del Pasaje DIRECCION000 de Valdeiglesias, nº NUM000, de Madrid, que el actor compró a la demandada en fecha 11 de...

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