SAP Málaga 398/1998, 17 de Junio de 1998
Ponente | MANUEL LOPEZ AGULLO |
ECLI | ES:APMA:1998:2612 |
Número de Recurso | 367/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 398/1998 |
Fecha de Resolución | 17 de Junio de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA SECCION CUARTA
AUTOS DE JUICIO DE MENOR CUANTIA NUM 569/96
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM 3 de MALAGA
ROLLO DE APELACION CIVIL NUM 367 de 1997
SENTENCIA Núm 398
ILMOS SRES
PRESIDENTE
D MANUEL LOPEZ AGULLO
MAGISTRADOS
Dª SOLEDAD JURADO RODRIGUEZ
D LUIS ALFONSO PAZOS CALVO
En la ciudad de Málaga a diecisiete de Junio de 1998.=
Vistos en grado de apelación ante la Sección Cuarta de esta Audiencia, los autos de juicio de menor cuantia num 569 de 1996 del Juzgado de Primera Instancia Núm 3 de Málaga, en los que actuó como demandante Dª. Guadalupe, representada por el procurador Sr. Jimenez Sesgado, y como demandada ALIANZA DE SEGUROS S.A. GAN, seguros generales y vida, representada por el procurador Sr. García Lahesa.
Por el Ilmo Sr Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia Núm 3 de Málaga, se dictó sentencia con fecha 13 de marzo de 1997, en los autos de referencia a la que correspondió el siguiente fallo: "Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el procurador Sr. Jimenez Segado en nombre y representación acreditada de Dª. Guadalupe contra Alianza de Seguros S.A., hoy GAN de seguros Generales y Vida compañía de Seguros y Reaseguros S.A., condenando a esta ultima a que abone a la actora la cantidad de 8.000.000 de pesetas (OCHO MILLONES), cantidad que se verá incrementada can el interés anual del 20% y expresa imposición de costas".-
Notificada la sentencia, por la parte demandada se interpuso recurso de apelación que fue admitido a trámite, en ambos efectos, emplazándose a las partes, y recibiéndose los autos en esta Audiencia.
Ante esta Audiencia se personaron apelante y apelado respectivamente representados por los procuradores mencionados, a los que se tuvo por partes dándoseles traslado para instrucción y señalándose día para la vista, la que se llevó a efecto el día 10 de Junio de 1998, con asistencia de los letrados de las partes los cuales informaron en apoyo de sus respectivas pretensiones .
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades penales, actuando como Ponente él Ilmo Sr Magistrado D. MANUEL LOPEZ AGULLO.
Solicita la parte apelante el dictado de sentencia revocatoria de la de instancia que la absuelva de la pretensión de condena deducida de adverso, al constar acreditada que el Sr. Andrés al tiempo de firmar la propuesta de seguro de vida, ocultó la enfermedad que padecía, pese a que se hallaba de baja laboral, infringiéndose pues lo dispuesto en el art. 10 de la Ley de Contrato de Seguro, por lo que resultó viciado el consentimiento prestado por la recurrente al aceptar la póliza contratada.
El deber de declaración del riesgo, que sanciona él art. 10 de la L.C.S ., ha de afectar a circunstancias que puedan...
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