SAP Valencia 647/2009, 21 de Octubre de 2009
Ponente | LUCIA SANZ DIAZ |
ECLI | ES:APV:2009:7051 |
Número de Recurso | 306/2009/ |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 647/2009 |
Fecha de Resolución | 21 de Octubre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 2ª |
647/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEGUNDA
VALENCIA
Rº Apel. 306/2009
D. Urgentes 38/2009 J. Instr. 21 Valencia.
P.A. 143/2009 J. Penal Valencia.
F/ Dª. Dolores Vilanova.
SENTENCIA 647-09
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SEÑORES:
PRESIDENTE
D. JOSÉ MARÍA TOMÁS TÍO
MAGISTRADOS
Dª CARMEN LLOMBART PÉREZ
Dª LUCÍA SANZ DÍAZ
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En la ciudad de Valencia, a veintiuno de octubre de de dos mil nueve.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Señores anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia número 185, de fecha 21 de abril de 2009, pronunciada por el Sr. Magistrado Juez de lo Penal número 9 de Valencia, en Procedimiento Abreviado de la Ley Orgánica 7/88, seguido en el expresado Juzgado con el número 143/2009, por delito de falsedad en documento oficial.
Han sido partes en el recurso, como apelante, D. Damaso, representado por el Procurador D. Cesar Javier Gómez Martínez y dirigido por la Letrada Dña. Isabel Fernández Migallon, y como apelado el Ministerio Fiscal; siendo Ponente la Magistrada Dña. LUCÍA SANZ DÍAZ, quien expresa el parecer del Tribunal.
La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:
"que sobre las 1230 horas del día 18 de febrero de 2009, con motivo de estar realizando la Policía Local de Valencia un control de documentación de vehículos en el Puente de las Artes de esta capital, hizo el alto a la furgoneta Renault Express matrícula PV-....-G, conducida por Damaso, natural de Uruguay y en situación irregular en España, quien presentó a los Agentes un permiso internacional de conducir falso, en el cual constaban los datos y la fotografía del citado acusado.".
El fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice:
"Que debo condenar y condeno a Damaso, como autor responsable de un delito de falsificación de documento oficial, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de un año de prisión, que se sustituye por expulsión del territorio nacional sin que pueda regresar a España en el plazo de diez años, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de nueve meses, con una cuota diaria de seis euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de la mitad de las costas procesales.
Debo absolverle y le absuelvo del delito de conducción sin poseer el permiso reglamentario, al haber retirado la acusación el Ministerio Fiscal, declarado de oficio la otra mitad de las costas.".
Notificada dicha sentencia a las partes, por el Procurador D. Cesar Javier Gómez Martínez, en nombre y representación de D. Damaso, se interpuso recurso de apelación contra la misma, el que sustancialmente fundó en infracción de la presunción de inocencia.
Admitido el recurso fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal, donde se recibieron el día 7 de octubre de 2009.
HECHOS PROBADOS
SE ACEPTA el relato de hechos probados de la sentencia apelada.
Basa el recurrente su pretensión, interesando sea dictada una sentencia por la que se le absuelva del...
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