SAP Santa Cruz de Tenerife 469/2001, 18 de Junio de 2001

PonentePABLO JOSE MOSCOSO TORRES
ECLIES:APTF:2001:1639
Número de Recurso525/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución469/2001
Fecha de Resolución18 de Junio de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª

SENTENCIA N°469.

Rollo n° 525/00.

Autos n° 172/98.

Juzgado de 1ª Instancia n° 5 de Santa Cruz de Tenerife.

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

Don Roberto Roldán Verdejo.

MAGISTRADOS

Don Pablo José Moscoso Torres.

Doña Pilar Aragón Ramírez.

En Santa Cruz de Tenerife, a dieciocho de junio de dos mil uno.

Visto, por la Sección Primera de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia n° 5 de Santa Cruz de Tenerife, en los autos n° 272/98, seguidos por los trámites del juicio de menor cuantía y promovidos, como demandante, por la entidad BANCO CENTRAL HISPANOAMERICANO (en la actualidad BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO), S.A. contra la entidad MODESTO DÍAZ, S.A. y contra DON Juan Pedro , ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Pablo José Moscoso Torres, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos indicados la Ilma. Sra. Juez Doña María del Mar SÁNCHEZ HIERRO dictó sentencia el 9 de diciembre de 1999 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO Que estimando la demanda formulada por la representación de BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A. contra MODESTO DÍAZ, S.A. y Dª Juan Pedro , debo declarar y declaro que éste es en deber a la actora 48.000.000 - CUARENTA Y OCHO MILLONES- pts, más intereses legales de dicha cantidad que adeuda al banco actor por la entidad MODESTO DÍAZ SA., condenando a los demandados a estar y pasar por tales declaraciones y al abono de las costas del procedimiento».

SEGUNDO

Notificada debidamente dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada, DON Juan Pedro , que se tuvo por formulado y fue admitido en ambos efecto, remitiéndose las actuaciones a esta Sección, previo emplazamiento de las partes, personándose oportunamente la parte apelante representada por la Procuradora Doña Beatriz Ripollés Molowny y dirigida por la Letrado Doña Ana García Fagundo; la parte actora apelada, BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO S.A., se personó por medio del Procurador Don José Llorca Rodrigo y dirigida por la Letrado Doña María Angeles Rodríguez Dorta; no ha comparecido en esta segunda instancia la entidad demandada, MODESTO DÍAZ S.A..

TERCERO

Instruido el Ponente y señalado día y hora para la vista, los autos pasaron seguidamente a instrucción de las partes personadas, celebrándose la vista en el día señalado con la asistencia de las partes comparecidas, en cuyo acto informaron en apoyo de sus respectivas pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan, en lo sustancial, los fundamentos de derecho de la sentencia apelada que se dan por reproducidos.

SEGUNDO

La...

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