AAP Valencia 272/2009, 30 de Junio de 2009
Ponente | JOSE ENRIQUE DE MOTTA GARCIA-ESPAÑA |
ECLI | ES:APV:2009:628A |
Número de Recurso | 400/2009/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 272/2009 |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª |
272/2009
Rollo nº : 000400/2009
AUTO Nº: 272-09
SECCIÓN DECIMA:
Ilustrísimos Sres.:
Presidente, D. José Enrique de Motta García EspañaMagistrados:
Doña Mª Pilar Manzana Laguarda
D. Carlos Esparza Olcina
En Valencia a, treinta de junio de dos mil nueve
Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de Pieza de oposición número 4/09 a la ejecución nº 1406/08, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 26 de Valencia, entre partes, de una como demandante en la oposición-apelante D. Héctor, dirigida por el letrado D. Vicente E. Ballester Herrero y representado por la Procuradora Dña. Mercedes Peris García., y como demandada en la oposición-apelada Dª Amparo, dirigida por el letrado Dña.Pilar Yuste Cano y representada por el Procurador D Rafael Francisco Alario Mont.
Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D./Dña. José Enrique de Motta García España.
En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 26 DE VALENCIA, en fecha 28-1-09 se dictó auto, cuya parte dispositiva es como sigue: DISPONGO: "Que DESESTIMANDO LA OPOSICION PLANTEADA por el ejecutado debo declarar y declaro la continuación de la ejecución iniciada a través de la solicitud origen de la presente pieza, conforme a lo dispuesto en el auto de 24 de noviembre pasado, imponiéndose a dicha parte ejecutada las costas causadas con motivo de esta oposición".
Contra dicho auto por la representación procesal de Héctor se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación del auto se remitieron las actuaciones a esta Secretaria donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día de hoy para la deliberación, votación y fallo del recurso, sin celebración de vista.
Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.
Al alegarse distintos motivos en el recurso procede el estudio del recurso por separado y así en cuanto a que no se pactó la actualización debe decirse que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 93 deben fijarse las bases para la actualización, ya que en caso de no hacerse, se llegaría al absurdo de que se iría perdiendo poder adquisitivo la...
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