SAP Asturias 316/2001, 11 de Junio de 2001

PonenteMARIA PILAR MURIEL FERNANDEZ-PACHECO
ECLIES:APO:2001:2467
Número de Recurso534/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución316/2001
Fecha de Resolución11 de Junio de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª

SENTENCIA: 00316/2001

Rollo: RECURSO DE APELACION 534 /2000

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON JOSE MARIA ALVAREZ SEIJO

DOÑA MARIA JOSE PUEYO MATEO

DOÑA MARIA DEL PILAR MURIEL FERNÁNDEZ PACHECO

En OVIEDO, a once de Junio de dos mil uno .

VISTOS, en grado de apelación por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Menor Cuantía n° 57/00, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Pravia, Rollo de Apelación n° 534/00, entre partes, como apelante y demandado CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES COPROSA, S.A., representada por la Procuradora Doña Ana Felgueroso Vázquez y bajo la dirección del Letrado Don José Manuel Fernández Lavandera; y como apelado y demandante DON Luis , representado por la Procuradora Doña Myriam Suárez Granda y bajo la dirección del letrado Don Ignacio Hernando Acero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia de Pravia dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 31 de julio de 2000, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que con desestimación de las excepciones alegadas por la Procuradora Doña Ana Diez de Tejada, en nombre y representación de COPROSA, contra DON Luis , representado por la Procuradora Doña Mª. Jesús Crespo Rellán y estimación parcial de la demanda interpuesta por la procuradora Doña Mª. Jesús Crespo Rellán, en nombre de D. Luis , contra la entidad COPROSA, representada por la Procuradora Doña Ana Diez de Tejada, debo condenar y condeno a que dicha empresa demandada proceda a reparar los daños causados en el " DIRECCION000 " del actor, en San Juan de la Arena, o en su caso, le abone la suma de NOVECIENTAS NOVENTA MIL OCHOCIENTAS OCHENTA Y NUEVE PESETAS (990.889 PTAS), así como tasas e impuestos que originen la realización de las obras y cuyo importe se determinará en ejecución de sentencia, sin hacer pronunciamiento sobre las costas judiciales.".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de la parte demandada Coprosa, se interpuso Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial donde se personaron las partes expresadas y, cumplidos los oportunos traslados se señaló para la vista del recurso el día 6 de junio de 2001, en cuyo acto la parte apelante solicitóla revocación de la sentencia, y la apelada solicitó la confirmación de la misma, con costas.

CUARTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr./a. DON/DOÑA MARIA DEL PILAR MURIEL FERNÁNDEZ PACHECO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

SEGUNDO

La parte apelante, demandada en primera instancia, reproduce en...

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