SAP Madrid, 8 de Marzo de 1999

PonenteLORENZO PEREZ SAN FRANCISCO
ECLIES:APM:1999:2889
Número de Recurso1276/1996
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª

Sentencia

En Madrid, a ocho de Marzo de mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Alcalá de Henares, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante MACTAC EUROPE, S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA representada por el Procurador Sr. Venturini Medina y defendida por el Letrado Don Antonio Llobet Poal y de otra, como apelante demandado RESOPAL, S.A. representada por el Procurador Sr. Reig Pascual y defendida por el Letrado Don Miguel Ruiz Muñoz, seguidos por el trámite de menor cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Lorenzo Pérez San Francisco .

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Alcalá de Henares, en fecha 2 de noviembre de

1.996, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando la demanda formulada por D. Luis Manuel , en nombre y representación de Mactac Europe, S.A., Sucursal en España, contra Resopal, S.A., así como el primero de los pedimentos de la demanda reconvencional formulada por Resopal S.A. contra Mactac Europe S.A., Sucursal en España, condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de ONCE MILLONES CUATROCIENTAS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTAS CINCUENTA Y OCHO PESETAS, (11.464.- 558 pts), con más sus intereses legales desde la interpelación judicial y con expresa imposición de costas a la parte demandada.- Estimo en parte el segundo de los pedimentos de la demanda reconvencional formulada por D. Pedro Enrique , en nombre y representación de Resopal S.A., contra Mactac Europe S.A., Sucursal en España, resuelvo haber lugar parcialmente a la misma, y en su virtud declaro que el contrato de distribución que unía a las partes fue resuelto por la demandada de reconvención con abuso de derecho e intempestivamente, condenando a dicha demandada de reconvención a indemnizar a la actora de reconvención por daños y perjuicios en una cantidad igual a cinco doceavas partes de los beneficios obtenidos por Resopal, S.A. en el año 1.994 con la venta de productos de Mactac, incrementada ésta en un porcentaje igual al índice de precios al consumo para dicho año, la que se determinará en ejecución de sentencia. Ello sin hacer expresa imposición de las costas correspondientes debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante y demandada, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron oportunamente las partes, substanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 2 de marzo de 1.999, tuvo lugar con la asistencia einforme de los Letrados de las partes.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ha de ser objeto en primer lugar de estudio en la presente sentencia lo relativo a la demanda iniciadora del procedimiento, por cuanto que el pronunciamiento que al respecto se haga tiene su trascendencia en cuanto a la pretensión deducida por vía reconvencional, al respecto la demanda iniciadora del procedimiento se centra en la reclamación del pago de una serie de suministros realizados por Mactac Europe, S.A. a favor de la demandada Resopal, S.A., dicha pretensión inicial, se fundamenta y justifica con una serie compleja de documentos enumerados con los números 2 a 60 de los aportados junto con la demanda dichos documentos consisten en las facturas emitidas, las hojas de pedido y los albaranes de transporte de las mercancías suministradas, dichos documentos son negados de forma genérica y absoluta por la parte demandada y hoy recurrente alegando que ha...

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