SAP Tarragona 449/1998, 15 de Diciembre de 1998

PonenteANA MARIA APARICIO MATEO
ECLIES:APT:1998:1587
Número de Recurso115/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución449/1998
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª

SENTENCIA Nº. 449

En la ciudad de Tarragona, a quince de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

Visto par la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Tarragona el recurso de apelación interpuesto por D. Luis Enrique , representado por el Procurador D. Angel R. Fabregat Ornaque y defendido por el Letrado D. Santiago Beltrán Mauricio, contra la sentencia de ficha 23 de junio de 1997, dictada por el Juzgado de Primera Instancia n°2 Amposta en autos de juicio ejecutivo n°. 28/97 , seguidos contra el citado a instancia de D. Plácido , representado por la Procuradora Dª. Mª Josepa Martínez Bastida y defendido por la Letrada D Mercedes Cid Martínez-Aguado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Que debo mandar y mando SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN despachada hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a D. Luis Enrique , y con su producto hacer entero y cumplido pago a la parte actora, de las responsabilidades por las qué se despachó la ejecución, la cantidad de 916.883.- Ptas de principal, más otras 370.000.- Ptas. presupuestadas para intereses y costas, al cual debo condenar y condeno expresamente a la parte demandada".

SEGUNDO

ha representación del demandado, Sr. Luis Enrique , interpuso recurso de apelación contra la referida resolución, que se admitió en ambos efectos. Emplazadas las partes, se personaron en el rollo y seguido el preceptivo trámite, se celebro la vista del recurso, en cuco acto informaron en apoyo de sus respectivas pretensiones.

TERCERO

En la tramitación del procedimiento se han observado las normas legales.

VISTO, siendo Ponente la Mina. Sra. Magistrada Dª Ana Mª Aparicio Mateo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como primer motivo de impugnación se alega por la representación del recurrente. Sr. Luis Enrique , la excepción de falta de legitimación pasiva del citado, con fundamento en que las relaciones comerciales mantenidas con el ejecutante, Sr. Plácido , y en su consecuencia la aceptación del pasaré objeto de la presente ejecución, lo fue en nombre de la sociedad "Construcciones A. Pelegrín. S.L.", de la que aquel era administrador, pero no a titulo personal; propugnando la nulidad del juicio que prevé el art. 1.467 n°. 4°. de la LEC relativo a que el ejecutado no tuviere el carácter o la representación con que se le demanda.

El art. 9 de la Ley Cambiaria y del Cheque , aplicable al pagaré en virtud de la remisión expresa que prevé el art. 96 de la propia Ley, establece expresamente que: "Todos los que pusieren Firmas a nombre de otro en letras de cambio deberán hallarse autorizados para ello con poder de las personas en cuya representación obraren, expresándolo claramente en la antefirma". Añadiendo: "Se presumirá que los administradores de Compañías estáis autorizados por el solo hecho de su nombramiento. Los tomadores v tenedores de letras tendrán derecho a exigir a los firmantes la exhibición del poder".

La mayor parte de la Audiencias vienen interpretando el referido precepto en el sentido de que los administradores están dispensados de la necesidad de poder, pero no de mencionar la cualidad con la que intervienen en todos los actos en que actúen en nombre de la sociedad representada, pues la norma tiene su base y fundamento en conocer la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • STS 350/2010, 9 de Junio de 2010
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 9 Junio 2010
    ...relación representativa con la cual se actúa (SSAP Madrid 1-6-92 y Toledo 23-10-95 ). »En este sentido, la sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona de 15 de diciembre de 1998, con cita en la de 30 de junio de 1998, señala que "si bien es cierto que la omisión de la antefirma expres......
  • SAP Cádiz 106/2012, 24 de Febrero de 2012
    • España
    • 24 Febrero 2012
    ...relación representativa con la cual se actúa ( SSAP Madrid 1-6-92 y Toledo 23-10-95 ). En este sentido, la sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona de 15 de diciembre de 1998, con cita en la de 30 de junio de 1998, señala que "si bien es cierto que la omisión de la antefirma expres......
  • SAP Madrid, 4 de Diciembre de 2000
    • España
    • 4 Diciembre 2000
    ...que intervienen en todos los actos en los que actúen en nombre de la sociedad representada, de tal forma que, como indica la S. de AP Tarragona Secc. 1ª. de 15-12-98, "la falta de mención de la cualidad de administrador convierte al firmante en responsable personal como obligado cambiario, ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR