SAP Barcelona, 29 de Diciembre de 1998

PonenteISABEL CARRIEDO MOMPIN
ECLIES:APB:1998:11124
Número de Recurso1256/1997
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución29 de Diciembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

SENTENCIA N ú m.

Ilmos. Sres.

DÑA. ISABEL CARRIEDO MOMPIN

DÑA. Mª ANGELS GOMIS MASQUE

D. JUAN MARINÉ SABÉ

En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección TRECE de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Cognición, número 21/97 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia n° 36 de Barcelona, a instancia de D. Carlos representado por el Procurador D. Ignacio Castrodeza Vía, contra D. Sebastián , representado y dirigido por el Letrado D. Juan Manuel Argiz Fernández; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por D. Carlos contra la Sentencia dictada en los mismos el día 23 de Junio de 1997, por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por Don Ignacio Castrodeza Vía, procurador de los Tribunales y de Don Carlos , contra Don Sebastián , representado por el Procurador d de los Tribunales Don Alfonso Martínez Campos, debo absolver y absuelvo libremente al demandado, todo ello sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y Fallo el día quince de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DÑA. ISABEL CARRIEDO MOMPIN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ejercitada en el presente procedimiento acción de resolución de un contrato de arrendamiento urbano de local de negocio por denegación de la prórroga forzosa por cierre ( art. 114.11 en relación con el art. 62.3 del Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 -aplicable al caso por razones de vigencia temporal-), procede recordar la doctrina ya establecida por esta misma Sala al respecto: a) que la citada Ley de Arrendamientos Urbanos establece una modalidad de arrendamiento especialmente protegido, en el que se limitan las facultades del propietario y se conceden derechos especiales al inquilino como el de prórroga forzosa. La justificación básica de esta especial protección se encuentra, por tanto, en el hecho de que el local, arrendado para una actividad que exige su apertura al público, permanezca abierto y desarrollando la actividad que le es propia, pues carecería de sentido el sacrificio de los derechos de la otra parte contractual si el inmueble no fuese habitualmente utilizado o se utilizase únicamente para actividades residuales o accesorias. Es por ello por lo que el legislador prevé expresamente como causa de denegación de la prórroga legal "que el local permanezca cerrado durante más de seis meses en el curso de un año, a no ser que el cierre obedezca a alguna causa justa"; b) que el plazo no ha de contarse de una manera continua e ininterrumpida, sino acumulando el tiempo pasado fuera de la vivienda, no siendo preciso que se verifique durante el año natural, ya que de no hacerlo así se vulneraría el espíritu del precepto legal citado, al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Madrid 226/2011, 27 de Abril de 2011
    • España
    • 27 Abril 2011
    ...puedan ampliarse por analogía ni aplicarse con carácter supletorio otras disposiciones legales. Vide, v. gr., la SAP de Barcelona, Secc. 13.ª, de 29 de diciembre de 1998 [RA núm. 125671997 ; Pte.: Ilma. Sra. Carriedo Mompín, I.; ROJ: SAP B 11124/1998]: «... las causas de resolución de los c......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR