SAP Madrid 629/2005, 15 de Diciembre de 2005

PonenteJOSE ZARZUELO DESCALZO
ECLIES:APM:2005:15810
Número de Recurso461/2004
Número de Resolución629/2005
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

JUAN VICENTE GUTIERREZ SANCHEZRAMON FERNANDO RODRIGUEZ JACKSONJOSE ZARZUELO DESCALZO

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20

MADRID

SENTENCIA: 00629/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 461/2004

Ilmos. Sres. Magistrados:

JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ

RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON

JOSÉ ZARZUELO DESCALZO

En MADRID, a quince de diciembre de dos mil cinco.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 1366/2003, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 36 de MADRID , a los que ha correspondido el Rollo 461/2004, en los que aparece como parte apelante Jorge, y como apelado GAS NATURAL SDG S.A., que asimismo es impugnante, sobre resolución de contrato de suministro y reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don JOSÉ ZARZUELO DESCALZO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Madrid, en fecha 4 de marzo de 2004, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando la demanda interpuesta por el procurador D. Juan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza en nombre y representación de Gas Natural SDG S.A. contra D. Jorge: Declaro resuelto el contrato de suministro de gas existente entre Dª Penélope y Gas Natural SDG S.A., suscrito mediante póliza nº 774.914 y establezco la obligación del demandado de facilitar la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora. Condeno a D. Jorge a abonar a la demandante la cantidad de 1.476'26 euros más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda y a las costas del procedimiento.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado a la apelada, que presentó escrito impugnando la sentencia, extremo este al que se ha opuesto la contraparte. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

No se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida que han de ser sustituidos por los de la presente.

Se ejercita en el presente procedimiento por la actora Gas Natural SDG, S.A. frente a Don Jorge acción personal de resolución de contrato para el suministro de gas y resarcimiento de daños y perjuicios por importe de 1.476,26 ¤, como consecuencia del impago de los consumos facturados correspondientes a los meses de septiembre de 1997 a enero de 2003 y solicitando la declaración de la obligación del demandado de facilitar la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora como operación mecánica necesaria para resolver el contrato y, en su defecto, se libre mandamiento de entrada para que, el día y hora que al efecto se señale, se constituya la comisión judicial en el mismo, asistida de la representación de la actora, a fin de que por personal técnico de la compañía se proceda a la privación del suministro, desmontando el contador. El contrato para el suministro de gas natural a la vivienda sita en Madrid en la AVENIDA000 nº NUM000 había sido suscrito por la suministradora con Doña Penélope en fecha 2 de agosto de 1.989, habiendo fallecido dicha contratante.

Alegada por el demandado su falta de legitimación pasiva en relación a la acción de resolución pretendida por no ser titular del contrato de suministro y la ausencia de reclamación alguna frente a él para el pago de los recibos, la Sentencia dictada en primera instancia estima la demanda contra Don Roberto Cubertoret y declara resuelto el contrato suscrito con Doña Penélope estableciendo la obligación del demandado de facilitar la entrada al domicilio a los efectos de clausura y desmontaje de la instalación, condenando a éste a abonar la cantidad reclamada más intereses legales con imposición de las costas del procedimiento.

Frente a tal pronunciamiento se alza el presente recurso de apelación interpuesto por la representación del demandado que, básicamente y en esencia, argumenta:

  1. - La incorrección en cuanto a la estimación de la demanda al ser la resolución contractual posible únicamente con respecto a la contratante Doña Penélope, no siendo aplicable el artículo 1.257 del Código Civil en cuanto el demandado nunca se subrogó en el contrato al no ser trasmisibles las obligaciones establecidas en el mismo conforme a lo estipulado en sus Condiciones 16 y 23.

  2. - Disconformidad con la condena al abono de la cantidad reclamada en concepto de daños y perjuicios al corresponder a la actora la prueba de...

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