SAP Castellón 62-A/2001, 27 de Febrero de 2001

PonenteCARLOS DOMINGUEZ DOMINGUEZ
ECLIES:APCS:2001:278
Número de Recurso272/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución62-A/2001
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 2ª

SENTENCIA N° 62-A

Ilmo. Sr. Presidente

Don Carlos Domínguez Dominguez

Ilmos Sres Magistrados

Doña Eloisa Gómez Santana

Don Julio Cesar Alforja Orti

En la. Ciudad de Castellón, a veintisiete de febrero de dos mil uno.

La Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Castellón, integrada por los señores Magistrados al margen referenciados, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Carlos Domínguez Dominguez, ha visto y examinado el presente Rollo de Apelación Penal n° 272/00, dimanante del Rollo n° 102/00 del Juzgado de lo Penal n° 3 de esta capital, correspondiente al Procedimiento Abreviado n° 88/99 del Juzgado de Instrucción n° 6 de Castellón, en el que han sido partes, como apelante, Don Valentín , que interviene representado por la procuradora Sra. García Neila y asistida por el letrado Sr. Mañas Martínez; y como apelado, el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de lo Penal n° 3 de Castellón, en su indicado Rollo, se dictó sentencia con fecha 30 de junio de 2000, cuya parte dispositiva dice: FALLO: " Que debo condenar y condeno a Valentín , como autor de un delito continuado de hurto, concurriendo la agravante de abuso de confianza a la pena de dieciséis meses de prisión, al pago de las costas procesales y a que indemnice a la mercantil A Ciencia Cierta S.L. en 304.000 pts, con los intereses del artículo 921 LEC.

Segundo

Dicha resolución declaró como probados los siguientes hechos: El acusado Valentín , mayor de edad y sin antecedentes computables, empleado de la cafetería New Orleans, sita =en la calle Vera n° 4 de Castellón, propiedad de la empresa A Ciencia Cierta S.L., se apoderó, durante el mes de enero de 1999, con ánimo de propio beneficio, de diversas cantidades que se encontraban en la caja de seguridad de la empresa, cuya combinación conocían por haber acompañado en varias ocasiones al encargado para obtener cambio de monedas. En concreto sustrajo el día 9 15.000 pts, el 14 otras 80.000 pts, el día 22

35.000 pts, el 23 otras 120.000 pts, el 24 7000 pts y el día 25.47.000 pts.

Tercero

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por quien como apelante viene referenciado en el encabezamiento de la presente, el que, por serlo en tiempo y forma se admitió a trámite, y conferido traslado para impugnación, se interesó su desestimación por el Ministerio Fiscal, tras lo que se remitieron las actuaciones a esta Audiencia, siendo turnadas, a esta Sección Segunda, donde se formó el correspondiente Rollo, señalándose finalmente para deliberación y votación sobre el recurso el pasado 21 de febrero.

Cuarto

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

NO SE ACEPTAN tos así declarados en la sentencia de instancia, que se sustituyen por los siguientes: durante el mes de enero de 1999 y coincidiendo con que el acusado trabajaba en la cafetería New Orleans, propiedad de la mercantil A Ciencia Cierta S.L., desaparecieron distintas cantidades de dinero del interior de una caja fuerte instalada en un despacho, por un total de 304.000 pts.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

NO SE ACEPTAN los de la resolución recurrida.

Primero

Tras hacer un recorrido por distintos hechos relacionado con el caso, criticando la decisión judicial de instancia, concluye a modo de resumen el impugnante aduciendo, sin citarlo, la vulneración del principio de presunción de inocencia ( art. 24.2 CE ), pues, resume, " la escasa prueba incriminatoria carece de la univocidad y contundencia que pudiera respaldar un pronunciamiento condenatorio ".

Veamos si tiene razón el recurrente. Empezaremos por recordar la presunción de inocencia consiste en la imposibilidad de condenar sin una prueba suficiente de cargo, esto es de signo o sentido incriminador respecto de la participación del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR