SAP Barcelona, 18 de Marzo de 1999

PonentePABLO LLARENA CONDE
ECLIES:APB:1999:2520
Número de Recurso747/1998
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución18 de Marzo de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

SENTENCIA nº

ILMOS SRES.

D. FRANCISCO JAVIER BEJAR GARCIA

DÑA. MONTSERRAT ARROYO ROMAGOSA.

D. PABLO LLARENA CONDE..

En la ciudad de Barcelona, 18 de marzo de 1999

VISTO ante esta Sección, en nombre de S.M. el Rey, el rollo de apelación penal número 747/98, formado para sustanciar, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 10 de los de Barcelona en el Procedimiento Abreviado numeró 325/98 de los de dicho órgano jurisdiccional, seguido por un delito decontra la seguridad del Tráfico; siendo parte apelante Carlos Antonio representado por el Procurador D/Dª. Luque Toro y asistido por el Letrado D/Dña. Castañón Gallego y parte apelada el Ministerio Fiscal y actuando como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr D. PABLO LLARENA CONDE, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de lo Penal indicado en el precedente encabezamiento, y con fecha 11-11-1.998, se dictó sentencia en cuya parte dispositiva textualmente se decía: "Que debo condenar y condeno a Carlos Antonio como autor penalmente responsable de un delito contra la seguridad del tráfico ya definido, no concurriendo circunstancias modificativos de las responsabilidad criminal, á la pena de cinco meses de multa con una cuota diaria de 2.000, y dieciocho meses de privación del derecho a conducir vehículos a motor, imponiéndole asi mismo las costas del procedimiento.".

Segundo

Notificada dicha resolución a todas las partes interesadas, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de condenado, en cuyo escrito (tras expresar los fundamentos del recurso que tuvo por pertinentes) interesó la revocación de la sentencia recurrida y en su lugar se dictara otra absolutoria para el recurrente y en los mismos términos que ya interesó en las conclusiones definitivas formuladas en el acto del juicio oral.

Tercero

Una vez admitido a trámite dicho recurso se dio traslado del mismo al resto de partes personadas, para que en el término legal formulasen las alegaciones que tuvieran por convenientes a sus respectivos derechos; trámite que fue evacuado por el Ministerio Fiscal que interesó la confirmación de la sentencia recurrida, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona para resolución del recurso.

Cuarto

Recibidos los autos y registrados en esta Sección, sin más trámite, quedaron los mismos para sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten y dan por reproducidos en esta alzada los hechos probados y los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

El hecho de que el recurso de apelación sea un recurso ordinario, susceptible de interponerse...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS 1336/2002, 15 de Julio de 2002
    • España
    • Tribunal Supremo, sala segunda, (penal)
    • 15 Julio 2002
    ...Guillén, por Inversiones S'Agaró, S.A. representada por la procuradora Sra. De Guinea Ruenes, contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de fecha 18 de marzo de 1.999. Ha intervenido el Ministerio fiscal y sido ponente el magistrado Perfecto Andrés - El Juzgado de instrucci......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR