STSJ Andalucía 571/2007, 24 de Septiembre de 2007

PonenteJUAN MANUEL CIVICO GARCIA
ECLIES:TSJAND:2007:9390
Número de Recurso2294/2006
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución571/2007
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NÚM. 571 DE 2.007

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Ilmo. Sr. Presidente:

D. Rafael Puya Jiménez

Ilmos. Sres. Magistrados

D. Juan Manuel Cívico García

Dª. Mª Rosa López Barajas Mira

______________________________________

En la ciudad de Granada, a veinticuatro de septiembre de dos mil siete. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso para la protección de los derechos fundamentales número 2294/06 seguido a instancia de Dª Mercedes , que comparece representada por la Procuradora Sra. Calvo Sainz y dirigida por Letrado, siendo parte demandada la CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PUBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Letrado de la Junta de Andalucía. Siendo parte el MINISTERIO FISCAL. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso contencioso-administrativo por los trámites del procedimiento especial de Protección de los Derechos Fundamentales de la persona, se admitió a trámite el mismo y se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala se dicte sentencia, estimando esta demanda, declarando contrarios al ordenamiento jurídico por la vulneración de los citados derechos fundamentales, los actos recurridos, anulándolos y reconociendo el derecho de su representada a ser evaluada por la Base Tercera 3.1.b) (45 puntos), correspondiendole la puntuación total de 143'35 puntos y así tenga derecho a ser incluida en la lista definitiva de aprobados para ser nombrada funcionaria de carrera del Cuerpo D1000 y tomar posesión de la plaza con asignación de destino y condene a la Administración recurrida al cumplimiento de las medidas reparadoras administrativas y económicas que se concretarán enla ejecución de sentencia partiendo de los presupuestos indemnizatorios del fundamento III y a la indemnización de 6.000 euros por los perjuicios, daños y gastos ocasionados en la defensa de un derecho habido, condenando además a las costas procesales de esta instancia por temeridad manifiesta en su actuación en vía administrativa y en sede jurisdiccional, con cuando mas proceda en derecho.

TERCERO

De dicho escrito de demanda, se dio traslado a las demás partes para que en plazo improrrogable de ocho días formularán sus alegaciones, presentándose escrito por el Sr. Letrado de la Junta de Andalucía suplicando a la sala se dicte en su día sentencia por la que se desestime en cuanto al fondo, al no haberse vulnerado derechos fundamentales susceptibles de amparo; y por el Ministerio Fiscal interesando se estime el recurso interpuesto contra la Resolución de 21 de Julio de 2006 por la que se publica la Lista definitiva de Aprobados y tras declarar la vulneración del derecho del artículo 23.2 de la Constitución, le sea otorgado al recurrente por imperativo de la Base Tercera 3.1 .b punto 2.1.2 los puntos adecuados conforme a los méritos recogidos y acreditados por el mismo y en consecuencia sea incluido en la Lista Definitiva de aprobados que se publica mediante la Resolución recurrida en caso de que así proceda.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de veinte días a las partes para proponer y treinta días para practicar en su caso, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

QUINTO

Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó pasar los autos al Iltmo. Sr. Magistrado Ponente para dictar la resolución procedente.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Juan Manuel Cívico García.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye objeto del presente recurso contencioso-administrativo, seguido por los trámites del procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona de los arts. 114 y ss. de la Ley Jurisdiccional , la impugnación por Dª Mercedes , de la Orden de 31 de Octubre de 2006 de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso de alzada que se formulara por la recurrente contra la resolución de 21 de Julio de 2006, por la que se hizo pública la relación definitiva de aprobados seleccionados en las pruebas de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos (D 100) de la Junta de Andalucía, habiéndose ampliado el recurso respecto de la resolución del propio organismo de 12...

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