SAP Valencia, 31 de Mayo de 1999

PonentePURIFICACION MARTORELL ZULUETA
ECLIES:APV:1999:3359
Número de Recurso707/1998
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución31 de Mayo de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 6ª

SENTENCIA Nº

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES

PRESIDENTE

Doña Ana Pérez Tórtola

MAGISTRADOS

Doña Purificación Martorell Zulueta

Don Juan Fermín Prado Arditto.

En la ciudad de Valencia, a treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados anotados al margen, y siendo ponente Purificación Martorell Zulueta, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, contra la sentencia de 28 de abril de 1998 , autos de JUICIO VERBAL DE TRÁFICO 346 del 94, tramitados por el Juzgado de Primera Instancia número 14 de los de GANDIA Valencia -.

Han sido parte en el recurso, como APELANTE DON Juan María (menor María Consuelo ) y AXA GESTIÓN DE SEGUROS S.A. y como parte APELADA CASAS DEL MEDITERRÁNEO S.A. Y ATHENA SEGUROS S.A., MUNDSER Y CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia de 28 DE ABRIL DE 1998 , contiene el siguiente FALLO: "Que estimando en lo sustancial la demanda interpuesta por DON Everardo contra DON Juan María y la COMPAÑÍA DE SEGUROS AXA debo condenar y condeno a estos a que conjunta y solidariamente abonen al actor la cantidad de 298.790 pesetas, importe de los daños causados en la parte delantera de su vehículo, más los intereses establecidos en el Fundamento de Derecho sexto de esta resolución con imposición a los demandados de las costas procesales correspondientes. Que estimando la demanda interpuesta por DON Everardo contra la CIA DE SEGUROS MUDSER debo condenar y condeno a ésta y al CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS a abonar al actor la cantidad de 374.625 pesetas, importe de los daños ocasionados en la parte trasera de su vehículo, más los intereses establecidos en el Fundamento de derecho Sexto de esta resolución , con imposición a la demandada de las costas procesales correspondientes. Que desestimando la demanda interpuesta por DON Juan María contra DON Everardo , la compañía de SEGUROS ATHENA Y LA MERCANTIL CASAS DEL MEDITERRÁNEO, debo absolver y absuelvo a estos de la misma, con imposición de costas procesales al demandante.

SEGUNDO

Contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, admitida en ambos efectos y elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial, y previos los oportunos trámiteslegales se acordó señalar para la celebración de la Audiencia del día 31 de mayo de 1999 para DELIBERACIÓN Y VOTACIÓN, quedando seguidamente los autos vistos para dictar la procedente resolución.

TERCERO

Se han observado en lo esencial las prescripciones legales tanto en la instancia como en la alzada, haciéndose constar, no obstante, a los efectos del artículo 372,2 de la LEC , tanto en la Primera Instancia como en la apelación la inobservancia del estricto cumplimiento de plazos procesales, por el gran volumen de trabajo que pesa sobre esta sección de la Audiencia Provincial de Valencia, en lo que a la apelación se refiere y por las razones que consta en el ANTECEDENTE QUINTO de la propia resolución impugnada en lo relativo a la Primera Instancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por DON Everardo en representación de CASAS DEL MEDITERRÁNEO S.A. se instó demanda de juicio verbal de tráfico contra DON Juan María - como representante de la menor María Consuelo - AXA GESTIÓN DE SEGUROS Y REASEGUROS y MUNDSER en reclamación de la cantidad de 673.415 pesetas por los daños ocasionados al vehículo de su propiedad AUDI 90 X-....-XM el 21 de agosto de 1993 en la carretera de MIRAMAR A GANDÍA producidos por el ciclomotor conducido por la SRTA. María Consuelo y propiedad de SR....

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