STSJ Asturias 672/2006, 26 de Abril de 2006
Ponente | MIGUEL ANGEL ALVAREZ-LINERA PRADO |
ECLI | ES:TSJAS:2006:1022 |
Número de Recurso | 2458/2002 |
Número de Resolución | 672/2006 |
Fecha de Resolución | 26 de Abril de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA nº 672-R
ILMO. SR. PRESIDENTE:
D. JUAN CARLOS GARCIA LOPEZ.
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. JAVIER ALONSO ALONSO
D. MIGUEL ALVAREZ LINERA PRADO
En Oviedo a veintiséis de abril de dos mil seis.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, componentes de la Sección de Refuerzo, ha dictado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 2458/2002 interpuesto por MERFESA , representado por el Procurador SR. TAHOCES BLANCO, actuando bajo la dirección Letrada de COVADONGA PEREZ-ESPINOSA, contra el TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVOREGIONAL DE ASTURIAS, representado por el ABOGADO DEL ESTADO, siendo codemandado PRINCIPADO DE ASTURIAS representado por el Letrado del Principado de Asturias .
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MIGUEL ALVAREZ LINERA PRADO.
Interpuesto el presente recurso, recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia estimando la demanda y anulando la resolución recurrida, con imposición de costas a la parte contraria.
Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.
Conferido traslado a la parte codemandada para que contestase a la demanda lo hizo en tiempo y forma, solicitando se dicte sentencia con desestimación del recurso, confirmando la resolución recurrida, con imposición de costas al actor.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.
Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el pasado día 19 de Abril de 2006, en que la misma tuvo lugar, habiéndose cumplido todos los trámites prescritos en la ley.
Impugna el recurrente la resolución del TEARA que confirma la resolución de la Consejería de Hacienda en la que se fijan los intereses de ejecución del acuerdo de 9 de marzo de 1998 devengados desde la fecha del ingreso hasta la del acuerdo en el 10% como consecuencia del derecho reconocido por el TEARA al actor a la devolución de cantidades indebidamente ingresadas por Tasa Fiscal sobre el juego, al considerar que el interés aplicable, al igual que ya reconociera el...
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STS, 14 de Julio de 2008
...de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el recurso de dicho orden jurisdiccional núm. 2458/02, en el que se impugnaba Acuerdo del TEAR de Asturias, de 10 de mayo de 2002, desestimatorio del incidente de ejecución (reclamación 3507/00) pr......
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