STSJ Cataluña 6291/2006, 22 de Septiembre de 2006
Ponente | DANIEL BARTOMEUS PLANA |
ECLI | ES:TSJCAT:2006:13516 |
Número de Recurso | 1812/2005 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 6291/2006 |
Fecha de Resolución | 22 de Septiembre de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYA
SALA SOCIAL
NIG :
cl
IL·LMA. SRA. Mª DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA
IL·LM. SR. FELIPE SOLER FERRER
IL·LM. SR. DANIEL BARTOMEUS PLANA
Barcelona, 22 de setembre de 2006
La Sala Social del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, formada pels magistrats esmentats
més amunt,
EN NOM DEL REI
ha dictat la següent
SENTÈNCIA NÚM. 6291/2006
En el recurs de suplicació interposat per Servicio Público de Empleo Estatal (INEM) a la sentència del Jutjat Social 10 Barcelona de data 29 de novembre de 2004 dictada en el procediment Demandes núm. 531/2004 en el qual s'ha recorregut contra la part Brillaluminio, S.L., Eusebio i Jose Ramón y otros, ha actuat com a ponent Il·lm. Sr. DANIEL BARTOMEUS PLANA.
ANTECEDENTS DE FET
En data 26/07/04 va arribar al Jutjat Social esmentat una demanda sobre Atur, en la qual l'actor al.lega els fets i fonaments de dret que va considerar procedents i acabava demanant que es dictés una sentència d'acord amb el que es demanava. Admesa la demanda a tràmit i celebrat el judici, es va dictar la sentència en data 29 de novembre de 2004 que contenia la decisió següent:
" Estimo las demandas acumuladas promovidas por Jose Ramón , Felipe , Carlos María , Eduardo , Jose María , Constantino y Simón , y: 1º revoco las resoluciones impugnadas y dejo sin efecto las declaraciones de percepciones indebidas, con devolución de las cantidades restituidas o descontadas de posteriores prestaciones; 2º declaro el derecho de los actores a percibir las prestaciones por desempleo correspondientes a los periodos en que se declararon indebidas; 3º ordeno la reanudación del cobro de las prestaciones de desempleo con efectos desde la fecha en que se interrumpió dicho abono. Condeno alInstituto Nacional de Empleo a atenerse a ello. Y absuelvo a la empresa Brillaluminio, S.L., y al síndico de la quiebra Eusebio " .
En aquesta sentència es declaren com a provats els fets següents:
" Primero. Los actores tenían reconocidas sendas prestaciones de desempleo, nivel contributivo, en virtud de expediente de regulación de empleo 39/03 de rescisión de contratos, con inicio el 12 de abril de 2003, duración de 720 días, excepto Eduardo , que le fue concedida por 420 días, y con 118 días consumidos Constantino . La base reguladora y la base de cotización para contingencias comunes era, respectivamente, la siguiente: Felipe , 47,77 y 48,19 euros diarios; Felipe , 56,51 y 57,01; Carlos María , 48,07 y 48,49; Eduardo , 38,40 y 38,74; Jose María , 50,56 y 51,01; Constantino , 39,62 y 39,62; y Simón , 47,07 y 47,79.
En el mes de abril de 2004, por la Dirección Provincial de Barcelona se dictaron para cada uno de ellos las correspondientes resoluciones de revocación y percepción indebida de prestaciones por el periodo percibido en cada caso, contra la que presentaron individualmente reclamación previa, desestimadas por sendas...
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STSJ Cataluña 135/2010, 14 de Enero de 2010
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