STSJ Cataluña 6291/2006, 22 de Septiembre de 2006

PonenteDANIEL BARTOMEUS PLANA
ECLIES:TSJCAT:2006:13516
Número de Recurso1812/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución6291/2006
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2006
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG :

cl

IL·LMA. SRA. Mª DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA

IL·LM. SR. FELIPE SOLER FERRER

IL·LM. SR. DANIEL BARTOMEUS PLANA

Barcelona, 22 de setembre de 2006

La Sala Social del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, formada pels magistrats esmentats

més amunt,

EN NOM DEL REI

ha dictat la següent

SENTÈNCIA NÚM. 6291/2006

En el recurs de suplicació interposat per Servicio Público de Empleo Estatal (INEM) a la sentència del Jutjat Social 10 Barcelona de data 29 de novembre de 2004 dictada en el procediment Demandes núm. 531/2004 en el qual s'ha recorregut contra la part Brillaluminio, S.L., Eusebio i Jose Ramón y otros, ha actuat com a ponent Il·lm. Sr. DANIEL BARTOMEUS PLANA.

ANTECEDENTS DE FET

Primer

En data 26/07/04 va arribar al Jutjat Social esmentat una demanda sobre Atur, en la qual l'actor al.lega els fets i fonaments de dret que va considerar procedents i acabava demanant que es dictés una sentència d'acord amb el que es demanava. Admesa la demanda a tràmit i celebrat el judici, es va dictar la sentència en data 29 de novembre de 2004 que contenia la decisió següent:

" Estimo las demandas acumuladas promovidas por Jose Ramón , Felipe , Carlos María , Eduardo , Jose María , Constantino y Simón , y: 1º revoco las resoluciones impugnadas y dejo sin efecto las declaraciones de percepciones indebidas, con devolución de las cantidades restituidas o descontadas de posteriores prestaciones; 2º declaro el derecho de los actores a percibir las prestaciones por desempleo correspondientes a los periodos en que se declararon indebidas; 3º ordeno la reanudación del cobro de las prestaciones de desempleo con efectos desde la fecha en que se interrumpió dicho abono. Condeno alInstituto Nacional de Empleo a atenerse a ello. Y absuelvo a la empresa Brillaluminio, S.L., y al síndico de la quiebra Eusebio " .

Segon

En aquesta sentència es declaren com a provats els fets següents:

" Primero. Los actores tenían reconocidas sendas prestaciones de desempleo, nivel contributivo, en virtud de expediente de regulación de empleo 39/03 de rescisión de contratos, con inicio el 12 de abril de 2003, duración de 720 días, excepto Eduardo , que le fue concedida por 420 días, y con 118 días consumidos Constantino . La base reguladora y la base de cotización para contingencias comunes era, respectivamente, la siguiente: Felipe , 47,77 y 48,19 euros diarios; Felipe , 56,51 y 57,01; Carlos María , 48,07 y 48,49; Eduardo , 38,40 y 38,74; Jose María , 50,56 y 51,01; Constantino , 39,62 y 39,62; y Simón , 47,07 y 47,79.

Segundo

En el mes de abril de 2004, por la Dirección Provincial de Barcelona se dictaron para cada uno de ellos las correspondientes resoluciones de revocación y percepción indebida de prestaciones por el periodo percibido en cada caso, contra la que presentaron individualmente reclamación previa, desestimadas por sendas...

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