SAP Madrid 339/1999, 16 de Octubre de 1999

PonenteANA MARIA FERRER GARCIA
ECLIES:APM:1999:13288
Número de Recurso340/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución339/1999
Fecha de Resolución16 de Octubre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 7ª

SENTENCIA N 339/99

AUDIENCIA PROVINCIAL

Ilmos. Sres. De la Sección 7ª

Dª. Mª Luisa Aparicio Carril

Dª. Ana Mª Ferrer García

D. José Antonio Alonso Suarez

En Madrid a dieciséis de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

VISTO en segunda instancia, ante la Sección Séptima de ésta Audiencia provincial el Juicio Oral nº 128/99 procedente del Juzgado nº 16 de lo Penal de esta ciudad seguido por un delito de daños contra el acusado Iván , venido a conocimiento de esta Sección a virtud de recurso de apelación que autoriza el artículo 795 de la ley de Enjuiciamiento Criminal , interpuesto en tiempo y forma por dicho acusado contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado- Juez del expresado Juzgado con fecha 11 de Mayo de 1999. Ha sido Ponente la Magistrada lima. Sra. Dª. Ana Mª Ferrer García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la sentencia apelada se establecen como hechos probados que: " Iván , mayor de edad y sin antecedentes penales, en el mes de abril de 1996, se dirigió a la furgoneta Mercedes 207, matrícula Q-....-QZ propiedad de María Teresa , estacionada en la C/Fortuni de Valdemoro, donde le dijeron que se encontraban una serie de objetos que presuntamente le habían quitado a él hacía mes y medio y cuya desaparición no denunció. Al llegar a la furgoneta y ver allí los objetos referidos, con ánimo de causar menoscabo en propiedad ajena, golpeó el interior del vehículo con las herramientas que allí cogió, causando daños en el cuadro de instrumentos del vehículo; con motivo de los golpes, la furgoneta se puso en movimiento colisionando con otro vehículo que estaba estacionado, propiedad de Catalina García Casino, daños que no han sido tasados y respecto de los que la propietaria ha renunciado a toda indemnización.

Los daños causados en la furgoneta Mercedes consistieron en la rotura del cuentakilómetros, faro e intermitente delantero izquierdo y desperfectos leves en la aleta delantera izquierda, cuyo valor de reparación se desconoce. El valor venal del vehículo asciende a las 60.000 pts."

Su Fallo o parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a Iván como autor criminalmente responsable de una falta de daños, a la pena de 10 días de multa, a razón de unacuota diaria de 1.000 ptas., con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas, debiendo abonar las costas procesales, e indemnizar a Mª: María Teresa en las cantidad que se establezca por perito judicial en la fase de ejecución de sentencia, a la vista de los deterioros que se declaran probados y de las fotografías obrantes en la causa, sin que en ningún caso dicha indemnización pueda superar la cantidad de 60.000 ptas."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación para ante esta Audiencia Provincial por el Procurador D. Eduardo Muñoz Barona, en...

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