SAP Guadalajara 204/2006, 23 de Octubre de 2006

PonenteMARIA ANGELES MARTINEZ DOMINGUEZ
ECLIES:APGU:2006:378
Número de Recurso260/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución204/2006
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 209/06

En Guadalajara, a veintitrés de Octubre de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 1 de la Audiencia Provincial de GUADALAJARA, los Autos de VERBAL DESAHUCIO FALTA PAGO 168/2006, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N.2 de GUADALAJARA, a los que ha correspondido el Rollo 260/2006, en los que aparece como parte apelante Dª. Carina representada por la Procuradora Dª. MARIA TERESA LOPEZ MANRIQUE, y asistida por la Letrado Dª. NURIA LOPEZ MARTINEZ, y como parte apelada AFERAL, S.L. representado por la Procuradora Dª. ROSA MARIA ACERO VIANA, y asistido por el Letrado D. CARLOS FERNANDEZ PASCUAL, sobre resolución de contrato de arrendamiento por impago de las rentas, y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª ANGELES MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha 27 de Abril de 2006 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Con estimación de la demanda promovida por Aferal S.L. representado por el Procurador Sra. Acero Viana y asistido por el Letrado Sr. Fernández Pascual contra Dña. Carina , en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro resuelto por falta de pago el contrato de arrendamiento sobre la vivienda sita en C/ DIRECCION000 nº NUM000 piso NUM001 de la localidad de Azuqueca de Henares condenando al demandado a que deje libre y expedito y a disposición de la actora el referido inmueble, con el apercibimiento de que, si no lo hace voluntariamente ene l plazo legal, se procederá a su lanzamiento incluso por la fuerza. Igualmente debo condenar y condeno al demandado al pago de 2.402,06 #, más intereses legales, más las rentas y cantidades asimiladas que se devenguen hasta que se proceda a la efectiva entrega de la vivienda al arrendador. Se imponen las costas al demandado".

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de Carina , se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la deliberación y fallo del mismo el pasado día 17 de Octubre.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se impugna la sentencia dictada en la instancia que, acogiendo la demanda deducida, declara resuelto el contrato de arrendamiento concertado entre las partes litigantes, condenando a la demandada, hoy apelante, a dejar libre y expedita la vivienda arrendada, y a abonar al actor la cantidad adeudada; resolución que es apelada por la interpelada aduciendo, como único motivo de...

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