SAN, 4 de Diciembre de 2006

PonenteMARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDE
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2006:5550
Número de Recurso838/2005

SENTENCIA

Madrid, a cuatro de diciembre de dos mil seis.

Vistos por la Sección Quinta de la Sala, de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional

el recurso número 838/2005, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª María José

Rodríguez Teijeiro, en nombre y representación de la Excelentísima DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE

SORIA, contra la resolución de 16 de junio de 2005 dictada por el Secretario General Técnico del

Ministerio de Administraciones Públicas, por delegación, por la que se acuerda desestimar el

requerimiento previo interpuesto por la Diputación contra la resolución de la Dirección General de

Cooperación Local de fecha 8 de febrero de 2005 por la que se la requiere el ingreso de 401.712,96

euros junto con los intereses legales. Habiendo sido parte demandada la Administración General

del Estado, representada y dirigida por su Abogacía. Cuantía 401.712,96 euros. Es Ponente la Ilma.

Sra. Magistrado de esta Sección Dª MARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el día 24 de noviembre de 2005 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando el acto impugnado en el presente recurso.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante escrito, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administrativo impugnado.

TERCERO

Mediante Auto de 23 de febrero de 2006 se acordó el recibimiento del recurso a prueba, llevándose a cabo las pruebas propuestas por la parte actora declaradas pertinentes, y una vez presentados los escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 21 de noviembre del presente año, fecha en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de recurso contencioso administrativo la resolución de la Secretaria de Estado de Cooperación Territorial de 16 de junio de 2005, por el que se acuerda desestimar el requerimiento previo interpuesto por el Presidente de la Diputación Provincial de Soria contra la resolución de la Dirección General de Cooperación Local de 8 de febrero de 2005 por la que se mantenía la exigencia de reintegro al Tesoro Público de 401.712,96 euros, junto con sus intereses legales, por las obras de la Diputación Provincial de Soria y el Ayuntamiento de San Estebán de Gormaz, que en ella se describen.

Por la Intervención General de la Administración del Estado, a través de la intervención Territorial de Soria, en uso de las competencias que le atribuye el art. 44 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, realizó un control financiero de las subvenciones estatales correspondientes al período 1999-2001 recibidas por la Diputación Provincial de Soria para la ejecución de obras integradas en las correspondientes Planes provinciales e insulares de cooperación (en lo sucesivo PPC), correspondientes a los Ayuntamientos de Agreda, El Burgo de Osma, Olvega y San Esteban de Gormaz. La citada cooperación se realizó en aplicación de lo establecido en el Real Decreto 1.328/1997, de 1 de agosto , desarrollado por la Orden del Ministerio de Administraciones Públicas de 7 de mayo de 1998.

Después de llevarse a cabo una auditoria se detectaron las siguientes deficiencias en las subvenciones concedidas:

  1. Diputación Provincial:

    1. - Honorarios dirección de obra de técnicos de la Diputación descontados de los pagos a los...

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