STSJ Comunidad Valenciana 2949/2006, 3 de Octubre de 2006

PonenteVICTOR JOSE BARRACHINA JUAN
ECLIES:TSJCV:2006:6419
Número de Recurso2713/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2949/2006
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 2949 de 2.006

En el Recurso de Suplicación núm. 2713/06, interpuesto contra el Auto de fecha 19-4-06, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 15 de Valencia, en los autos núm. 60/03, seguidos sobre Tutela Libertad Sindical, a instancia de Donato , asistido del Letradop D. Mario Martín Diaz contra la CONSEJERIA DE SANIDAD DE LA GENERALIDAD VALENCIAN, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan

ANTECEDENTES DE HECHO

El Auto recurrido de fecha 19 de abril de 2006dice en su parte dispositiva: "FALLO: "SE ACUERDA: Desestimar el recurso de reposición frente al auto de 13 de marzo de 2006 , que debo confirmar en todos sus extremos.".

SEGUNDO

Que en el citado Auto y como HECHOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Que mediante auto de 13 de marzo de 2006 , dictado para resolver incidente de ejecución de la sentencia dictada, se decidió reclamar a la Consellería condenada, el pago de los honorarios del Letrado de la parte actora, desestimando las pretensiones de ésta, del abono de diferencias salariales que entendía devengadas desde la sentencia, durante el proceso.-SEGUNDO.- Que la parte actora interpuso recurso de reposición frente a dicho auto el 24-3-06 , el cual fue admitido a trámite, dándose traslado a las parte para alegaciones con el resultado que figura en autos, que quedaron sobre la mesa para resolver.".

TERCERO

Que contra dicho Auto se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, habiendo sido impugnado por la representación letrada de contrario. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente para su decisión y se señaló el día 3/10/06 para su votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO ÚNICO.- Recurre el actor el auto que no despacha la ejecución en asunto sobre derechos fundamentales por agravio comparativo en el cobro de salarios, por vulneración de la igualdad, estableciendo la sentencia una indemnización en concepto de reparación de daños y perjuicios de

12.721,20 #, que fue satisfecha por la Generalidad demandada y denegando la ejecución solicitada de diferencias salariales respecto de los médicos del SEU/SOU, respecto de otro período posterior al contemplado en la sentencia, alegando infracción del art. 239.1º de la LPL y art. 18 de la LOPJ y que la sentencia se basa en el ...

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