SAP A Coruña 506/2000, 15 de Septiembre de 2000
Ponente | LUIS BARRIENTOS MONGE |
ECLI | ES:APC:2000:3230 |
Número de Recurso | 3091/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 506/2000 |
Fecha de Resolución | 15 de Septiembre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª |
SENTENCIA
En el recurso de apelación civil número 3091/99, procedente el Juzgado de Primera Instancia n° 5 de A Coruña, sobre resolución de contrato de inquilinato por necesidad, entre partes, de la una y
como apelante la demandada DOÑA Fátima representado por el Procurador Sr. Reyes Paz, y de la otra y como apelado el demandante DON Everardo representado por la Procuradora Sra. Real Ruíz. Siendo Ponente el Ilmo. Sr./Sra. DON LUIS BARRIENTOS MONGE.
Que por el Juzgado de 1ª Instancia n° 5 de A Coruña, con fecha 30-09-99, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva dice como sigue: "FALLO: Que estimando la demanda presentada por la Procuradora Sra. Real Ruiz en nombre y representación de D. Everardo defendido por Letrado Sr. Zapato Babio, contra Dª. Fátima representada por el procurador Sr. Reyes Paz, defendida por Letrado Sr. Bellas Jimenez, DEBO DECLARAR Y DECLARO resuelto el contrato de arrendamiento del piso NUM000 NUM001 del n° NUM000 de la CALLE000 (hoy DIRECCION000 ) de esta ciudad, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración, y a que dentro del plazo legal deje la indicada vivienda, libre, expedita y a disposición del actor por razón de necesidad, apercibiéndole de lanzamiento si así no lo hiciere. Todo ello con expresa imposición de costas al demandado.
Notificada dicha sentencia a las parte se interpuso contra la misma recurso de apelación por la demandada, que le fue admitido en ambos efectos y conferidos por el Juzgado de instancia, los traslados que establece el articulo 734 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , a las restantes partes, se elevaron los autos a esta Audiencia, para la resolución del recurso, correspondiendo, por reparto, a esta Sección Segunda, señalándose para votación y fallo el día 14- 09-2000.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.
La sentencia de instancia vino a estimar la acción de resolución de contrato de arrendamiento urbano que vinculaba a las partes, por causa de necesidad, considerando dicha sentencia que había sido bien realizado el orden legal de posposición, siendo impugnada por la parte demandada, que invoca su carácter privilegiado, frente a otros arrendatarios de la actora en el mismo inmueble,...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba