SAP Madrid 10/2006, 16 de Enero de 2006

PonenteMIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
ECLIES:APM:2006:1
Número de Recurso722/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución10/2006
Fecha de Resolución16 de Enero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZOEPIFANIO LEGIDO LOPEZRAMON RUIZ JIMENEZ

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 19ª

ROLLO: RECURSO DE APELACION 722 /2005

Procedimiento: VERBAL 263/2003

Juzgado de 1ª Instancia nº 8 DE MADRID

Apelante/s: FINANCIERA BANCO DE CRÉDITO SA, EUROCREDITO ESTABLECIMIENTO FINANCIERO SA, BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO SA, PASTOR SERVICIOS FINANCIEROS EFC SA

Procurador: FRANCISCO JAVIER RUIZ MARTINEZ SALAS, MANUEL MARTINEZ DE LEJARZA

UREÑA, MANUEL LANCHARES PERLADO, JORGE DELEITO GARCIA

Apelado/s: ORGANIZACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS. AIDEA ENSEÑANZA AMIGA SL

Y OTROS

Procurador: MARIA ISABEL CAMPILLO GARCIA.

SENTENCIA Nº 10

PONENTE: ILMO. SR. D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

D. RAMON RUIZ JIMENEZ

D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

En MADRID a, dieciséis de enero de dos mil seis .

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 19 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 263 /2003, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 8 de MADRID , a los que ha correspondido el Rollo 722 /2005, en los que aparece como parte apelantes BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO S.A, EUROCREDITO ESTABLECIMIENTO FINANCIERO S.A., PASTOR SERVICIOS FINANCIEROS EFC SA, FINANZIA BANCO DE CREDITO S.A., representados, respectivamente, por los Procuradores D. MANUEL LANCHARES PERLADO, D. MANUEL MARTINEZ DE LEJARZA UREÑA, D. JORGE DELEITO GARCIA y D. FRANCISCO RUIZ MARTINEZ, y como apelados la ORGANIZACION DE CONSUMIDORES Y USUARIOS representada por la Procuradora Dª MARIA ISABEL CAMPILLO GARCIA. También fueron apelados la entidad Aidea Enseñanza Amiga SL y otros, que fueron declarados en situación procesal de rebeldía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Madrid se dictó sentencia de fecha 30-07-2004 cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Dª Mª Isabel Campillo García, en nombre y representación de Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), con los efectos representativos que se han mencionado en los antecedentes y fundamentos jurídicos de esta resolución, así como con la intervención de los perjudicados expuestos en el fundamento jurídico cuarto, contra Aidea Enseñanza Amiga SL, Open Alcorcón SL, Open Ciudad Lineal SL, Norio-Opening SL, Open Turia SL, Open Mediterráneo SL, Imarnau Academia de Informática SL, Aula Sant Boi SL, Open Burgos SL, Open Córdoba SL, Open Genil SL, Open Granada SL, Open Cartagena SL, Open Alcazaba SL, Open Pamplona SL, Open Zara 1 SL, Open Zara 2 SL, GL 4 SL, English School SL, Aula Santa Coloma SL, Layvi Internacional Academy SL, Idea Terrasa SL, English Open School SL, Opening English School SL, Open Maragall SL, Opening Sant Andreu SL, Opening SL, GL 3 English School SL, Open Hortaleza SL, Open Tetuán SL, Chami Formación SL, Open Madrid SL, Open Chamartín SL, OPen JGJG SA, Fast English SL, Open Alcobendas SL, Centro de Estudios Haug SL, Open Getafe SL, Good Luck English Scholl SL, Lenguaje 2000 SL, Cat-3 Mallol SL, Banco Santander Central Hispano SA, BBVA Financia, Pastor Servicios Financieros EFC SAU e Euro Crédito Establecimiento Financiero de Crédito SA

Debo declarar y declaro la resolución de todos los contratos de enseñanza relacionados en el fundamento jurídico cuarto de la presente, que se dan aquí por íntegramente reproducidos, pro incumplimiento de sus obligaciones por las demandadas Aidea Enseñanza Amiga SL, Open Alcorcón SL, Open Ciudad Lineal SL, Norio-Opening SL, Open Turia SL, Open Mediterráneo SL, Irmanau Academia de Informática SL, Aula Sant Boi SL, Open Burgos SL, Open Córdoba SL, Open Genil SL, Open Granada SL, Open Cartagena SL, Open Alcazaba SL, Open Pamplona SL, Open Zara 1 SL, Open Zara 2 SL, GL 4 SL, English School SL, Aula Santa Coloma SL, Layvi Internacional Academy SL, Idea Terrasa SL, English Open School SL, Opening English School SL, Open Maragall SL, Opening Sant Andreu SL, Opening SL, GL 3 English School SL, Open Hortaleza SL, Open Tetuán SL, Chami Formación SL, Open Madrid SL, Open Chamartín SL, Open JGJG SA, Fast English SL, Open Alcobendas SL, Centro de Estudios Haug SL, Open Getafe SL, Good Luck English School SL, Lenguaje 2000 SL, Cat-3 Mallol SL;

Debo declarar y declaro que los alumnos referenciados, y quienes se encuentren en la misma situación, podrán oponer a aquéllas de las entidades de crédito y financiación demandadas, que corresponda, el incumplimiento de los contratos de enseñanza por parte de las entidades codemandadas antes referenciadas;

Debo declarar y declaro resueltos todos los contratos de financiación relacionados y demás existentes entre los alumnos incluidos en los efectos de esta sentencia y las entidades demandadas, por estar dichos contratos de financiación vinculados a los de enseñanza; así como que no tienen aquellos alumnos obligación de pagar las mensualidades de los contratos de financiación desde que se produjo el incumplimiento contractual antedicho por parte de las entidades prestadoras de los servicios de enseñanza;

Debo condenar y condeno a las entidades financieras demandadas Banco Santander Central Hispano SA, BBVA Financia, Pastor Servicios Financieros EFC SA, y Euro Crédito Establecimiento Financiero de Crédito SA, a devolver a los alumnos incluidos en los efectos de esta sentencia las cantidades que los mismos satisficieron a cada de ellas a partir de agosto de 2002, o del momento en que efectivamente se hubiese producido el cierre de los establecimientos de enseñanza, según los datos que figuran en las fichas aportadas, relativas a cada alumno, sin perjuicio de las precisiones que al respecto se contienen en los fundamentos jurídicos de la presente resolución; con los intereses legales desde la fecha del cobro indebido;

Y debo condenar y condeno a las repetidas entidades financieras a la cancelación de los datos de los alumnos incluídos en esta demanda, que figuren en registros sobre solvencia y patrimonio (o registros de morosos), así como a que notifiquen dicha cancelación a quien pudiera haber conocido dichos datos; Y todo ello sin perjuicio de los legítimos derechos de aquellos perjudicados que se consideren en iguales o semejantes condiciones o circunstancias que en la presente sentencia se han constatado, para instar, en su caso, ejecución a su favor de los anteriores pronunciamientos, en la forma legalmente prevista; con expresa condena en costas a los demandados Aidea Enseñanza Amiga SL, Open Alcorcón SL, Open Ciudad Lineal SL, Norio-Opening SL, Open Turia SL, Open Mediterráneo SL, Imarnau Academia de Informática SL, Aula Sant Boi SL, Open Burgos SL, Open Córdoba SL, Open Genil SL, Open Granada SL, Open Cartagena SL, Open Alcazaba SL, Open Pamplona SL, Open Zara 1 SL, Open Zara 2 SL, GL 4 SL, English School SL, Aula Santa Coloma SL, Layvi Internacional Academy SL, Idea Terrasa SL, English Open School SL, Opening English School SL, Open Maragall SL, Opening Sant Andreu SL, Opening SL, GL 3 English School SL, Open Hortaleza SL, Open Tetuán SL, Chami Formación SL, Open Madrid SL, Open Chamartín SL, OPen JGJG SA, Fast English SL, Open Alcobendas SL, Centro de Estudios Haug SL, Open Getafe SL, Good Luck English Scholl SL, Lenguaje 2000 SL, Cat-3 Mallol SL, Banco Santander Central Hispano SA, BBVA Financia, Pastor Servicios Financieros EFC SAU e Euro Crédito Establecimiento Financiero de Crédito SA".

SEGUNDO

Notificada que fue la anterior resolución, contra la misma se interpusieron los respectivos recursos de apelación por las respectivas representaciones procesales de las entidades BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO S.A, EUROCREDITO ESTABLECIMIENTO FINANCIERO S.A., PASTOR SERVICIOS FINANCIEROS EFC SA, FINANZIA BANCO DE CREDITO S.A., que fueron admitidos a trámite en ambos efectos, con traslado a la adversa que formuló oposición al mismo, remitiéndose las actuaciones a este Tribunal.

TERCERO

Una vez recibidos los autos en esta Sala, se procedió a la formación del correspondiente rollo de Sala, designación de Magistrado...

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