STSJ Castilla-La Mancha 410/2008, 7 de Marzo de 2008

PonentePETRA GARCIA MARQUEZ
ECLIES:TSJCLM:2008:4277
Número de Recurso21/2007
Número de Resolución410/2008
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 00410/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA

SALA DE LO SOCIAL - SECCION SEGUNDA

ALBACETE

D. FELIX Mª ROMERO JIMENEZ, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de

Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete).

DOY FE Y CERTIFICO: Que en el Recurso que a continuación se hace referencia se ha dictado la

siguiente Resolución:

RECURSO SUPLICACION: 21/07

Magistrado Ponente: Iltma. Sra. Dª. Petra García Márquez

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

Iltmo. Sr. D. José Montiel González

Iltma. Sra. Dª.Petra García Márquez

Iltmo. Sr. D. José Ramón Solís García del Pozo

Iltmo. Sr. D. Eugenio Cárdenas Calvo

En Albacete, a siete de marzo de dos mil ocho.

Vistas las presentes actuaciones por la Sección Segunda de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en Albacete, compuesta por los/las Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as anteriormente citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S. M. EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOLha dictado la siguiente

- SENTENCIA Nº 410 -en el RECURSO DE SUPLICACION número 21/07, sobre reclamación de cantidad, formalizado por la representación de EUROPASTRY, S.A., contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Guadalajara, en los autos número 342/06, siendo recurrido por DÑA. Inés y en el que ha actuado como Magistrado Ponente el Ilma. Sra. Dª. Petra García Márquez, deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que con fecha 7 de septiembre de 2006 se dictó Sentencia por el Juzgado de lo Social número 1 de Guadalajara en los autos número 342/06 , cuya parte dispositiva establece: "1º. Desestimo las excepciones de inadecuación de procedimiento y estimo en parte la de prescripción, limitadamente a los meses de marzo a junio de 2004, ambas alegadas por Europastry, S. A. 2°. Estimo la demanda de doña Inés , en reclamación de cantidad, siendo demandado Europastry, S. A., y declaro que la parte demandante tiene derecho a la cantidad de 593,08#, por los conceptos de su demanda, por el tiempo de 1-7-2004 a 30-6-2006. Desestimo el resto de la demanda. 3°. Condeno a Europastry, S. A. a que abone la referida cantidad a la parte demandante y a estar a cuantas consecuencias se derivan de la presente declaración.".

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se establecen los siguientes Hechos Probados: "PRIMERO. La parte demandante doña Inés trabaja para la empleadora Europastry, S. A. desde 2-3-2002, tiene la categoría profesional de auxiliar, y un salario mensual de 1.405,90#, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, en febrero de 2005 (doc 1 de demandante). Presta sus servicios en el departamento denominado "envasado". Según las tablas salariales para 2004, 2005 y 2006 del Convenio Colectivo del Sector Industrias y Trabajadores de Panaderías, sus Expendedurías e Industrias de este Ramo que además se dedican a la Bollería, de Guadalajara, correspondientes a las panaderías mecanizadas, que figuran en la

D. A. 3ª (folios 14 a 18, doc 5 y 6 de demandante), los salarios de auxiliar y de oficial de 2ª son los siguientes:

AUXILIAR200420052006OFICIAL 2ª200420052006Diferencia S. Base21,2922,4022,40 21,9223,0623,060,63/ 0,66/ 0,66 Antigüedad1,061,121,12 1,101,151,150,04/ 0,03/ 0,03 20% cant.4,264,484,48 4,384,614,610,12/ 0,13/ 0,13

Resumen de diferencias: en 2004: 0,79#. En 2005: 0,82#. En 2006: 0,82# SEGUNDO. El 4-2-2005 el Comité de empresa y la empleadora demandada llegaron a un acuerdo en el que se expresaba: Envasado: Todo el (personal) auxiliar que haya estado desempeñando funciones de oficial de 2ª durante 1 año pasará automáticamente, en la nómina de Marzo a ser oficial de 2ª. Amasado: Todo el oficial de 2ª que esté desempeñando funciones de oficial de 1ª durante un año, pasará automáticamente, en la nómina del mes de Marzo, a ser oficial de 1ª. Lo anteriormente mencionado, será con carácter retroactivo, en la sección de amasado, a la fecha en la que se haya cumplido dicho año. Las personas que tengan que percibir el carácter retroactivo, se les irá abonando a lo largo del año 2005, según la empresa lo antes posible. A partir de la fecha, las revisiones se efectuarán: cuando se presten funciones de categoría superior durante un año (doc 1 de demandante y doc 1 de demandada). TERCERO. Según informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de 9-1-2006 (doc 2 de demandante y doc 9 de demandada): De la lectura del artículo 28, se desprende que el Convenio Colectivo no contempla la actividad de envasado del producto. Se trata de una laguna del Convenio que ha de rellenarse haciendo abstracción de la descripción de categorías contenida en el mismo, tomándose en consideración la realización de un trabajo que implica el manejo de maquinaria y la limpieza de los enseres, utensilios y áreas de trabajo destinadas a producción. En tal sentido es destacable: que las auxiliares de envasado de EUROPASTRY SA, entre las que se encuentra la demandante que menciona, ponen en marcha paran y alimenten las máquinas de envasado, liberando los atascos que se producen o comunicando a su superior la posible existencia de problemas de otra índole (eléctricos, mecánicos). Además, limpian la zona de trabajo, aunque no las puertas y paredes, tarea externalizada. Debe observarse que la Empresa no cuenta, en la Sección de envasado de este centro productivo, con personas que ostenten la categoría de oficial de segunda, siendo la categoría inmediatamente superior a la de auxiliar, la de oficial de primera. CUARTO. Consta acta de la comisión negociadora del Convenio Colectivo para las Industrias y Trabajadores de Panaderías, sus Expendedurías e Industrias de este Ramo que además se dedican a la Bollería de 17-6-2003, con mención de las funciones de "operario de línea" en el sentido siguiente (doc 7 de demandante): 1. Comentar posibles incidencias con el operario de su línea del turno anterior. 2. Verificar la receta utilizada y los kilos de masa. 3. Controlar el proceso y el producto de su línea mediante la cumplimentación de un parte de producción. 4. Comprobarque se esta trabajando según la ficha de proceso. 5. Rellenar el mejorante, harina de espolvoreo y aceite de su línea. 6. Realizar sus tareas de limpieza según el plan semanal de limpieza. 7. Retirar los "dobles" así como el producto mal formado (a la salida de la formadora). 8. Retirar masa (sucia ó limpia) y distribuirla en los coves correspondientes. 9. En las paradas de mantenimiento desmontar piezas de la línea y colaborar en la limpieza de premix, amasadora, básculas, divisora, formadora, fermentadora y horno. 10. Actuar en los posibles atascos de la línea. 11. Informar a su Responsable de cualquier anomalía. 12. Mantener ordenada su línea así como las mesas auxiliares. 13. Cumplimentar los gráficos de temperaturas y humedades de fermentadoras, hornos y congeladores. 14. Girar ó cambiar las cuchillas en función de las necesidades y el estado de las mismas así como mantener los "bebederos" limpios y con el nivel óptimo de agua. 15. En paradas de mantenimiento apagar los quemadores y abrir las puertas de los hornos. Sistema de trabajo rotatorio a turnos (doc 7 de demandante). Envasadora: 1. Seleccionar el producto. Desechando el producto no apto. 2. Paletízado, del producto si procede y revisión visual del palet formado 3, Verificar el estado de la línea: Limpieza de la zona de trabajo, Codificación de las cajas, Detector de metales, rellenar partes de envasado 4. En paradas de línea por desescarche o mantenimiento: Limpieza de zona de trabajo (Barrer o limpiar con bayeta). Limpieza de tolvas y lonas en arrancadas. Limpieza de codificadora CRAYON (con bayeta). 5. Si existen atascos, retirar masa (el producto más pesado por barra pesa 0,315 Kg) a la salida de la fermentadora y las bandejas. El trabajo se realiza de pie con temperaturas entre 7ºC - 10ºC. Puede llegar a coger peso hasta un máximo de 11 Kg Sistema de trabajo rotatorio a turnos. (doc 10 de demandada). Personal de cortadores 1. Comentar posibles incidencias con el trabajador del turno anterior. 2. Controlar el proceso y el producto de las siete líneas mediante la utilización de un check-list que se rellena en cada turno (los controles que se hacen en cada línea estarán indicados en el calendario de tareas semanales que cada semana les facilita el Dpto. de Producción). 3. Cumplimentar los gráficos de temperaturas y humedades de fermentadoras, hornos y congeladores. 4. Rearmar la caldera. 5. Girar ó cambiar las cuchillas en función de las necesidades y el estado de las mismas. 6. Limpiar y rellenar el "bebedero"de las cuchillas. 7. Colaborar en los posibles atascos de fermentadoras, hornos ó congeladores. 8. En paradas de mantenimiento apagar los quemadores y abrir puertas de los hornos. 9. En paradas de mantenimiento ayudar a sacar bandejas (si lo solicita su Responsable). 10. Colaborar en las arrancadas y paradas de fábrica siguiendo las instrucciones de su Responsable. 11. Mantener la zona de cortadores- hornos- enfriadores limpia y ordenada. Responsable de equipo 1. Comentar posibles incidencias con el Responsable del turno anterior.

  1. Establecer y organizar los puestos de cada uno de los operarios de su equipo. 3. Revisar que cada operario de su equipo cumple sus funciones y lleva a cabo su trabajo. 4 Supervisar el cumplimiento de las fichas de proceso. 5. Formar a los nuevos operarios que se incorporen en su equipo. 6. Decidir las tareas del comodín de su equipo cada día en función de las necesidades. 7. Informar a los Responsables del Dpto. de Producción de las anomalías ocurridas a lo largo de su turno de trabajo mediante la cumplimentación de un parte de incidencias. 8. Realizar...

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